Derecho de Sucesiones, de J. L. Lacruz Berdejo y F. de A. Sancho Rebullida.

AutorJosé María Chico y Ortiz
Páginas494-495

    Lacruz Berdejo, J. L., y Sancho Rebullida, F. de A.: Derecho de Sucesiones. Elementos de Derecho Civil, V. Librería Bosch. Barcelona, 1981.

En el año 1953 se habían celebrado unas oposiciones en Barcelona y para descansar del mal trago que las mismas me hicieron pasar, me fui a Tarragona con mi padre. Tropecé con una librería bastante buena y allí, con la obsesión de adquirir más conocimientos de Derecho, compré algunos libros muy buenos. Entre ellos, la segunda edición del Binder, traducido y anotado por José Luis Lacruz Berdejo, que todavía no debía de ser Catedrático. Fue mi primer contacto con Lacruz. Luego vino su Derecho hipotecario, y luego muchas cosas más hasta este ejemplar dedicado que traigo hoy a recensión. He querido enlazar aquella traducción y anotaciones con el presente trabajo, pues sólo leyendo el primero se comprende la calidad y el fondo del segundo, aparte de su puesta al día con esas Leyes de 13 de mayo y 7 de julio de 1981 que han reformado profundamente el Código Civil español.

En esa labor de redacción, construcción dogmática de conceptos, sistematización y puesta al día de la materia colabora en forma efectiva el Catedrático Sancho Rebullida. La compenetración de ambos autores debe ser muy grande, pues aunque se señalan previamente los temas que uno y otro escriben, al avisado lector le cuesta trabajo descubrir, sin la solución, la paternidad de unos y otros. Frente a las tremendas dificultades que la colaboración lleva consigo está el éxito de la conjunción de la obra, de esa obra que en la futura Ley de Propiedad Intelectual encuadramos en las "colectivas" con aportaciones "diferenciadas". Hago esta última aclaración porque uno de los autores ha sido de la Comisión que redacta el texto de la nueva ley y precisamente su obra se trajo como ejemplo para señalizar los diferentes supuestos que la realidad ofrece en esa clase de obras.

En mi labor de recensión no he ido buscando las bondades que el texto tradicional y su forma de exponerlo tiene, y sí únicamente el encaje que las modificaciones legales han impuesto para ver si el engranaje del sistema se resiente o no con las mismas. Debo confesar, además, que cuando estaba con mi segundo volumen de Derecho hipotecario he utilizado, con derecho a cita, alguno de los comentarios que con el tema se relacionan. Por todo ello, y respetando la sistemática de la obra, iremos apuntando las modificaciones introducidas. Page 494

  1. Conceptos generales.-Quiero destacar, a la...

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