Características del sistema de garantías de los derechos fundamentales

AutorMaria del Mar Dotú i Guri
Páginas71-73

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Los principales rasgos del sistema son los siguientes:

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· El sistema garantiza una especial protección de los derechos fundamentales frente los poderes públicos, por cuanto se hallan vinculados directamente a estos y, por tanto obligados a su efectiva aplicación.. Esto se concreta en la aplicación directa de la Constitución que debe ser interpretada desde la lógica pro libértate63, a favor de la potenciación de la eficacia de los derechos fundamentales.

Es decir toda ley deberá interpretarse a favor del dictado constitucional, interpretación que lo será preferente sobre cualquier otra..

· El sistema de garantiza la persecución de cualquier sujeto, entidad, institución, persona física y/o jurídica, que vulnere un derecho fundamental reconocido constitucionalmente. No cabe pues ninguna forma de.

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poder superior a estos ni impune a la acción de violación o injerencia arbitraria en su aplicación y respeto64.

· Partiendo de la base de que la garantía por excelencia lo es el reconocimiento de la tutela judicial efectiva65, reflejada en los órganos jurisdiccionales, el sistema articula una pluralidad de procedimientos y órganos específicos de garantía.

[63] En caso de duda, cualquier norma se dilucidará a favor de la libertad del ser humano, como garantía de la efectiva vigencia de los derechos.(subjetivos) fundamentales. Y ello según ha venido defendiendo el Jurista. Peruano, Víctor GARCÍA TOMA: «En Torno a la Inter-pretación Constitucional». En Revista del Foro.

[64] Ejemplos de ello lo son las recientes condenas al Juez Garzón y, por ende, al sistema Judicial..

[65] Recogido en el artículo.24 de la C E.:»1. Todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión.
2. Asimismo, todos tienen derecho al Juez ordinario predeterminado por la Ley, a la defensa y a la asistencia de letrado, a ser informados de la
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