SSTC 117/2018, de 29 de octubre, Rec. amparo 6299/2017 y 111/2018, de 17 de octubre, Rec. amparo 4344-2017

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Se plantea en este recurso el pretendido derecho de un padre biológico, trabajador por cuenta ajena (incluido por ello en el Régimen General de la Seguridad Social), a percibir el subsidio por paternidad con la misma extensión y duración que la establecida legalmente para el subsidio por maternidad (dieciséis semanas).

El interesado en este caso disfrutó de un permiso de paternidad de trece días, en virtud de la legislación vigente a la fecha del hecho causante (art. 48 bis del texto refundido de la Ley del estatuto de los trabajadores aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, precepto introducido por la disposición adicional décima.11 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres). Y le fue reconocida por resolución de la dirección provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) de Madrid de 6 de octubre de 2015 la prestación de paternidad de trece días por importe del 100 por 100 de la base reguladora diaria, conforme a lo dispuesto en la legislación aplicable (art. 133 octies a 133 decies del Texto Refundido de la Ley general de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, regulación introducida por la disposición adicional décima.7 de la citada Ley Orgánica 3/2007).

Ante esa situación, el interesado presentó el 5 de octubre de 2015 una solicitud ante la Dirección Provincial del INSS de Madrid, interesando la ampliación y equiparación de la prestación de paternidad con la prestación por maternidad, tanto en lo que se refiere a las condiciones de disfrute como a su duración (dieciséis semanas), con carácter personal e intransferible. Invocaba el derecho a la igualdad y a no sufrir discriminación (art. 14 CE), y que la decisión administrativa de no equiparar la prestación de paternidad con la prestación por maternidad constituía un acto discriminatorio por razón de sexo. Tanto el interesado como la asociación Plataforma por permisos iguales e intransferibles de nacimiento y adopción, presentaron demanda contra el INSS, que fue desestimada por el Juzgado de lo Social y el TSJ de Madrid, de 30 de junio de 2017, rec. 423-2017.

En la tramitación del recurso de amparo, el Pleno del Tribunal Constitucional acordó recabar para sí el conocimiento del recurso. Apreció especial trascendencia constitucional por tres razones: 1.º Porque el recurso puede dar ocasión al Tribunal para aclarar o modificar su doctrina, como...

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