Solución extrajudicial de conflictos relacionados con la negociación colectiva y Comisiones de Seguimiento

AutorCarlos L. Alfonso Mellado
Cargo del AutorCatedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Universitat de València
Páginas78-86
CARLOS L. ALFONSO MELLADO
78
10. Solución extrajudicial de conflictos relacionados
con la negociación colectiva y Comisiones de Segui-
miento
Lógicamente las relaciones de empleo en el ámbito público dan lugar
a numerosos conflictos entre la Administración empleadora y sus tra-
bajadores, ya sean estos funcionarios o laborales.
Dichos conflictos generalmente encuentran cauce de solución en mu-
chos casos a través de los órganos judiciales y en cuanto a los tipos
de conflictividad cabe señalar que son muy parecidos, por no decir
iguales a los que en el ámbito privado se dan: conflictos de intereses
o jurídicos, conflictos colectivos e individuales, conflictos de ruptura
de la negociación y de interpretación y aplicación de lo pactado, etc.
10.1. Solución extrajudicial
Al igual que en el ámbito privado la solución extrajudicial se ha ido
abriendo paso, también en el ámbito del empleo público ha empeza-
do a extenderse la sensación de que la solución extrajudicial podría
encontrar sentido en numerosos conflictos y presentar ventajas sobre
la solución judicial o la decisión unilateral de la Administración em-
pleadora.
Ello ha hecho que el EBEP contuviese unas previsiones al respecto en
su artículo 45, que son las que seguidamente analizaré, tanto en lo que
afecta a las posibilidades que de las mismas derivan, como en relación
a la posible concreción en la práctica de esas posibilidades.
Antes de hacerlo conviene introducir algunas precisiones:
1ª) Ya en algunos ámbitos ciertos conflictos colectivos relativos al per-
sonal laboral de algunas Administraciones Públicas se resolvían en los
organismos de solución extrajudicial. En realidad podía entenderse
que existía cobertura para ello en el artículo 91 del ET pues, en esos
supuestos, la Administración actúa conforme al ordenamiento laboral,
aunque con la específica posición que le da su carácter público que la
sujeta a los principios de legalidad, cobertura presupuestaria, etc.

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