Situación actual de las escrituras de declaración de obra nueva

AutorJuan Carlos Martínez Ortega
Cargo del AutorDoctor en Derecho. Abogado. Oficial de Notaría
Páginas117-118

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La profunda crisis económica que está experimentando España, especial-mente provocada por la caída del sector inmobiliario, ha tenido un fiel reflejo en el número de escrituras de obra nueva que se autorizan por el Notariado, y que acceden al Registro de la Propiedad para su inscripción. De hecho, las grandes promociones inmobiliarias han quedado aparcadas en la actualidad y no es extraño ver estructuras de edificios abandonadas por todo el territorio español.

Si, a lo anterior, añadimos la falta de obtención de crédito por las promotoras inmobiliarias de las Entidades financieras, ello nos lleva a afirmar que estamos en un momento histórico de claro retroceso en la esfera urbanística. Hoy más que nunca, las personas, y especialmente los jóvenes, ven con preocupación el acceso a una vivienda digna133, existiendo una gran preocupación social y política134. Eso ha motivado un notable crecimiento en los desahucios por impago de préstamos hipotecarios ejecutados, y una gran contestación so-

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cial que ha sido respaldada por la reciente Sentencia del Tribunal Europeo de Justicia de fecha 14 de marzo de 2013 (asunto C-415/11)135.

Los problemas económicos por los que actualmente atraviesa el Notariado y los Registros de la Propiedad obedecen principalmente a la bajada espectacular acontecida en la autorización de escrituras relativas al sector inmobiliario.

Naturalmente, si es infrecuente el otorgamiento de escrituras de compraventa de inmuebles, mucho más lo es el de escrituras de declaraciones de obra nueva de grandes conjuntos urbanísticos, centrándose mayormente la actuación notarial en pequeños edificios o en viviendas unifamiliares.

Hay un dato importante que debemos poner de relieve, y es que el parque edificado español necesita intervenciones de rehabilitación y de regeneración y renovación urbanas que hagan posible para todos los ciudadanos la consecución del derecho constitucional de una vivienda digna y adecuada, así como el deber de todos los propietarios de mantener los inmuebles en óptimas y adecuadas condiciones de uso y conservación136. Consecuentemente, tenemos edificios viejos y que no cumplen generalmente las exigencias europeas relativas a la eficiencia energética de los edificios a la que haremos alusión en este trabajo.

Por tanto, trataremos aspectos relacionados con la rehabilitación de los edificios y la declaración de obra nueva sobre dichas reformas, cuando proceda.

[133] Así lo indica el art. 47 CE al...

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