El sistema penal real

AutorCelia Suay
Cargo del AutorProfesora de Derecho Penal y Criminología. Universidad Autónoma de Barcelona
Páginas566-569

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En el plano del ser se trata de hechos, de los efectos que produce la actividad del sistema penal; pero lo cierto es que no podemos conocer con seguridad el grado de eficacia del sistema penal del Estado democrático. Dejando al margen

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la cifra oscura de la criminalidad, tampoco hay certeza sobre volumen real de la delincuencia contabilizada, debido a las diversas variables que influyen en la contabilización32. Además, no se distingue entre prevención indirecta (general y especial) y prevención directa33, ni se conocen los posibles efectos preventivos de otras medidas no penales tales como las políticas públicas, e iniciativas de los particulares dirigidas a reducir las carencias estructurales, las oportunidades, situaciones y significados que favorecen la realización de los delitos.

Como ya hemos dicho, la prevención general, sea negativa o positiva, atañe a los efectos que la ley penal y la imposición de las penas tiene sobre los sujetos distintos de aquel al que se le imponen la pena. El dato que contradice estos efectos es la entrada diaria de nuevos delincuentes en el sistema: frente a ellos, las penas impuestas anteriormente no han surtido ningún efecto de prevención general. Pero nos gustaría conocer los efectos que sí han tenido; es decir, el número de delitos que sí han sido evitados mediante el funcionamiento regular del proceso penal. En verdad, hay muchos ciudadanos que no delinquen; ello seguramente es debido a la asunción de códigos éticos, y al efecto de diversos controles sociales, entre ellos el sistema penal. El gran dilema de la prevención general es saber cómo se producen dichos efectos y en qué proporción se producen mediante el proceso penal. Tras el análisis de diversos estudios empíricos, Pagliaro (1986: 510) afirma que no se ha podido mostrar empíricamente una correspondencia entre la mayor gravedad de las sanciones y un mayor efecto preventivo general. En cambio, hay una correlación inversa entre criminalidad y certeza de la sanción penal: cuanto mayor sea la probabilidad de que se aplicará la sanción a un hecho, menor será la probabilidad de que se realice ese hecho (ob. Cit. 509). Pagliaro entiende que no es la mayor gravedad de la sanción, sino su justicia, lo que contribuye a reafirmar el efecto preventivo de la certeza de la sanción (ob. Cit. 514). En su opinión, quedan demostrados los efectos de la prevención general34.

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Respecto de ciertos delitos y de ciertos delincuentes...

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