Los sindicatos durante la crisis y el impacto de las reformas sobre su capacidad de negociación

AutorHelena Ysàs Molinero
Cargo del AutorProfesora Agregada interina de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Universitat Autònoma de Barcelona
Páginas97-105

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2.1. El papel de los sindicatos durante los primeros años de crisis

La Declaración para el diálogo social suscrita en verano de 2008 por el Gobierno y los sindicatos y asociaciones empresariales más representativos ponía de manifiesto la voluntad de éstos de seguir la senda iniciada cuatro años antes con un programa amplio de negociaciones -el Gobierno insistía en el término "diálogo social reforzado"-. De esta forma el diálogo social debía servir como fórmula para obtener un mayor consenso y legitimación de las políticas gubernamentales. En la lista de materias a tratar se incluían, además de las políticas de empleo entendidas en sentido amplio, la negociación colectiva y la protección social, otras materias más alejadas de las generalmente tratadas en estos procesos, como infraestructuras, energía, educación, sanidad, vivienda o administraciones públicas.

Pero el severo y acelerado deterioro de la situación económica y el crecimiento desbocado del desempleo, que ya se estaban produciendo mientras se firmaba la Declaración, hizo que ésta naciera sin recorrido posible, y que ni siquiera pocas semanas después de su firma se iniciaran las mesas de diálogo previstas. La parálisis en que quedaron sumergidos el Gobierno y los interlocutores sociales durante el otoño de 2008 derivó a partir del inicio de 2009 en la exigencia por parte de la patronal CEOE de proceder a una reforma laboral centrada en el abaratamiento del coste del despido improcedente y su descausalización, la rebaja de las cotizaciones sociales y la supresión de la auto-rización administrativa para los despidos colectivos. Los sindicatos mayoritarios consideraron que los representantes de los empresarios

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aprovechaban la crisis gravísima y el acelerado crecimiento del desempleo para poner sobre la mesa viejas reivindicaciones y no medidas que pudieran ayudar a revertir la situación. En este contexto, tampoco fue posible durante más de un año la renovación del Acuerdo Interconfederal para la Negociación Colectiva (AINC). Durante muchos meses las posiciones se mantuvieron irreconciliables, con la patronal exigiendo una reforma laboral extremadamente agresiva con los derechos de los trabajadores y los sindicatos negándose a negociar tales medidas. A lo largo de 2009 se presentaron sucesivas propuestas por ambas partes, con contenidos completamente opuestos; en la primavera de 2009 se reunió la mesa de diálogo social, con propuestas ciertamente poco ambiciosas, pero que debían posibilitar un acuerdo, que tampoco se alcanzó, como consecuencia del mantenimiento de la CEOE en sus posiciones maximalistas respecto a la regulación del mercado de trabajo. La cronología de reuniones, declaraciones, propuestas y contrapropuestas evidenció el escaso interés de la parte empresarial en alcanzar un acuerdo con el Gobierno y los sindicatos, acuerdo que debía ser trasladable a normas con rango de ley. Sin embargo, el 9 de febrero de 2010 sí se alcanzó finalmente un acuerdo bipartito, el AINC 2010-2012, con pocos compromisos concretos y un pacto de moderación salarial.

La legislatura concluyó, en noviembre de 2011, sin que se hubiera alcanzado ningún tipo de acuerdo de carácter tripartito sobre el núcleo duro de la regulación laboral y con normas aprobadas de forma unilateral por el Gobierno, como la reforma laboral de 2010 -RDL 10/2010, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, y Ley 35/2010 bajo el mismo apelativo-, que fue respondida por los sindicatos con la convocatoria de una jornada de huelga general - 29 de septiembre de 2010-.

En cambio, los interlocutores sociales y el Gobierno sí firmaron una serie de pactos bajo la denominación de Acuerdo Social y Económico (9 de febrero de 2011). De entre ellos es fundamental el acuerdo en materia de pensiones, que derivó en la aprobación de la Ley 27/2011, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social. El resto de acuerdos hacían referencia a políticas activas de empleo, política industrial, energética y de innovación y se incluían dos compromisos bipartitos, uno entre el Gobierno y las organizaciones sindicales relativo a la función pública y otro entre patronal y sindicatos sobre criterios básicos para la reforma de la negociación colectiva. Respecto a este último punto, los interlocutores sociales se

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comprometieron a negociar medidas concretas en el plazo de unos meses. Sin embargo, el acuerdo no llegó a producirse y el Gobierno aprobó el RDL 7/2011, de medidas urgentes para la reforma de la negociación colectiva.

El AES fue seguido, ya con el nuevo gobierno del Partido Popular surgido de las elecciones de noviembre de 2011, por un Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva, con vigencia 2012-2014, suscrito por los interlocutores sociales el 25 de enero de 2012. Dicho acuerdo se componía de disposiciones en materia de negociación colectiva, flexibilidad interna negociada, inaplicaciones negociadas en la empresa de convenios sectoriales, así como de un pacto de importante moderación salarial y otros compromisos en materia de empleo y contratación, con compromisos notablemente genéricos de promoción de la contratación indefinida y de uso adecuado de la contratación temporal, compromisos poco específicos sobre subcontratación, externalización productiva y subrogación de actividades, formación y clasificación profesional, teletrabajo y reestructuraciones. Los sindicatos hicieron concesiones relevantes a cambio de mantener un cierto control de la flexibilidad desde la negociación colectiva, alcanzándose el acuerdo en un tiempo sumamente breve, especialmente si se tiene en cuenta que habían precedido dos años durante los que sindicatos y patronal no fueron capaces de alcanzar un acuerdo. El acuerdo pues sólo puede entenderse considerando las numerosas...

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