SIMCAV: Estructura de inversión patrimonial

AutorElena Yepes
CargoDirectora de FIBANC Profesora de Finanzas Internacionales en ESADE
Páginas59-66

El continuo desarrollo de los mercados y activos financieros, junto con la búsqueda de vehículos de inversión patrimonial que ofrezcan reducciones en la carga impositiva, ha provocado un espectacular crecimiento de las sociedades de inversión mobiliaria de capital variable, ya que éstas ofrecen un incentivo financiero y fiscal para masas patrimoniales elevadas.

Se expone a continuación:

- La definición

- Marco legal

- Características básicas

- Constitución

- Requisitos de funcionamiento

- Esquema operativo

- Fiscalidad de esta estructura societaria.

Una SIMCAV es una sociedad anónima cuya característica fundamental es la posibilidad de aumentar y disminuir su capital social sin necesidad de ningún acuerdo de la Junta de Accionistas ni Consejo de Administración.

- Es un vehículo de inversión mobiliaria en valores y activos financieros.

- Cotiza en una Bolsa de Valores.

- Está clasificada como Institución de Inversión Colectiva con personalidad jurídica propia y tributa a un tipo reducido del 1% por Impuesto de Sociedades .

- Se utiliza para optimizar la estructura patrimonial y fiscal de personas físicas, grupos familiares y personas jurídicas con actividad económica.

- Permite mejorar la gestión del patrimonio financiero en base a criterios de:

- Rentabilidad

- Diversificación

- Riesgo

- Liquidez

  1. DEFINICIÓN

    Las Sociedades de Inversión Mobiliaria de Capital Variable son aquellas sociedades anónimas que tienen por objeto exclusivo la adquisición, tenencia, disfrute, administración en general y enajenación de valores mobiliarios y otros activos financieros. El capital de estas sociedades es susceptible de aumentar y disminuir dentro de los límites de capital estatutario máximo y del inicial fijado. Las variaciones del capital se realizan mediante la venta o adquisición por la sociedad de sus propias acciones.

  2. MARCO LEGAL

    Estas sociedades se rigen por la Ley 46/1984, de 26 de diciembre, reguladora de Instituciones de Inversión Colectiva y el Reglamento que la desarrolla, aprobado mediante Real Decreto 1393/1990, de 2 de noviembre. En lo no previsto en la legislación citada se les aplican las normas relativas a las Sociedades de Inversión Mobiliaria de Capital Fijo y, en su defecto, la Ley de Sociedades Anónimas (Véase el art. 3 de la LSA).

  3. CARACTERÍSTICAS BÁSICAS

    La titularidad de las acciones de una SIMCAV la ostentan aquellas personas, físicas o jurídicas, que han reunido un patrimonio común para destinarlo a su inversión en valores mobiliarios y activos financieros. Estas sociedades deben ser admitidas a cotización en una Bolsa de Valores, por lo que se deberán cumplir una serie de requisitos definidos en la Ley del Mercado de Valores.

    La estructura es la típica de las Sociedades Anónimas, esto es, Junta General de Accionistas y Consejo de Administración. Normalmente, el Consejo delega algunas de sus facultades, como las de gestionar y administrar la sociedad. La gestión puede delegarse a cualquier entidad de carácter financiero habilitada para ello (Bancos, Cajas, Sociedades de Valores, etc.). Se puede delegar de forma íntegra la gestión y administración de la sociedad a una Sociedad Gestora de Instituciones de Inversión Colectiva (SGIIC), cuyo objeto social exclusivo es la administración y representación de Instituciones de Inversión Colectiva. Los requisitos necesarios para que una sociedad anónima actúe como SGIIC quedan recogidos en el Capítulo III del RD 1393/1990. Asimismo, los valores mobiliarios y activos financieros que formen parte de la cartera de las SIMCAV, deben estar depositados en las entidades legalmente habilitadas.

  4. CONSTITUCIÓN

    Los pasos a seguir para la constitución de una SIMCAV son:

    - Presentación del Proyecto de Estatutos, Memoria, Borrador del folleto informativo y declaración de cumplimiento de las normas de separación de Gestora y Depositario a la CNMV. A su vez se presenta la petición de admisión a cotización en una Bolsa de Valores.

    - Para ser admitida a cotización bursátil, la SIMCAV debe cumplir los requisitos expuestos en las letras a) y b) del artículo 26 de la Ley del Mercado de Valores y del artículo 32 de la misma.

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