Las categorías simbólicas en el pensamiento sistémico y penológico de Günther Jakobs

AutorMyriam Herrera Moreno
CargoProfesora Contratada y Doctora en Derecho por la Universidad de Sevilla
Páginas7-64

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I El secular desprestigio del pensamiento simbólico

Este estudio se dispone abordar una revisión de las múltiples categorías simbólicas que pueblan el pensamiento jakobsiano en torno a la pena y su sentido en el sistema. Hay que admitir, pues, de partida, que dicho pensamiento se nutre abundantemente de símbolos, y que en dicho recurso halla la mayor fuente de críticas.

La forma simbólica, por su condición versátil, su alta virtud expresiva, su carácter reforzador de los aspectos que patrocina, suele ser aplicada generosamente en numerosos ámbitos huma-7

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nísticos. Son éstos campos culturales en los parece tolerarse que verismo y materialidad se sacrifiquen, sin grandes renuencias, en aras del intenso valor paradigmático, convencional y enfático del símbolo, que no plasma una realidad, sino invoca un significado trascendente. Se predica, así, como función del símbolo la de abrir la experiencia y transmutarla en una comprensión metafísica del mundo 1.

Existe entre los ámbitos humanísticos y científico-naturales un artificial reparto de competencias, en base al cual la cultura es estudiada por Ciencias que se producen a través de expresiones lingüísticas, en tanto el estudio de los fenómenos naturales se manifiesta a través de expresiones matemáticas El lenguaje es socializador, cultural, pero sujeto a imprecisiones. Las matemáticas son deshumanizadas, pero estables e infalibles 2.

De esta forzada escisión surgen sendos complejos de inferioridad: las Ciencias culturales se avergüenzan de su expresión simbólica. En la Dogmática, ello coincide con el momento de escrúpulo en el que, abjurando de un conceptualismo alienante, que eleva a icono el pensamiento abstracto, se proclama la necesidad de mate-rializarse, de asomarse a las consecuencias, de saciarse de las estadísticas 3. Esta mala conciencia sólo conduce a buenos resultados si nos guardamos de dar por supuesto el valor de certeza de muchas formulaciones de las Ciencias empíricas, indiscutiblemente simbólicas 4.

La Ciencias naturales, por su parte, gozan, especialmente, del prestigio de la supuesta capacidad de representación material, por más que, sin embargo, ése sea su lote particular en una división que le despoja, injustamente, de sus valores de cultura 5.

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En el campo de la Dogmática, el proceso racionalizador, que JAKOBS fecha en el movimiento ilustrado, implica el desmantelamiento del mito y el progresivo declive del lenguaje simbólico. La desmitificación ilustrada vacía, así, el mundo de todo sentido inmanente. Sin embargo, no por ello está garantizado siempre un mayor aporte de veracidad o certeza: sobre un mismo dato fáctico, evidencia JAKOBS, caben múltiples interpretaciones 6.

La Dogmática penal (que se halla fuertemente imbuída en la idea de su carácter y método científico, por cuyo reconocimento tanto ha luchado, históricamente) no duda en sumarse a la extrema interdicción de lo simbólico. Pero, en puridad, el símbolo no es privativo del pensamiento mágico y no científico. El hombre moderno, el lógico y el profano, retienen un largo repertorio de mitos camuflados, que aplican para complementar y potenciar las elaboraciones del pensamiento racional.

Pues he aquí, después de todo, el valor del símbolo: su sentido mediador entre lo cognoscible y lo incognoscible, su virtualidad como enlace entre lo mediato y lo infinito, entre lo que puede abordarse por la razón y los sentidos y lo inefable e inasequible, o, en los términos de MIRCEA ELÍADE, el nexo entre lo sagrado y lo profano 7. La incapacidad de comprender o explicar abre, en el ser humano, una crisis. Esta situación de desconcierto, desconfianza y frustración cognoscitiva es reconducida a través del recurso simbólico. La importancia del símbolo reside, muy especialmente, en su valor emblemático y convencional, como enunciado al que el consenso general aporta un énfasis especial, una reforzada expresividad 8.

Y, desde luego, ello sirve igualmente a los científicos, quienes se expresan por paradigmas, fórmulas, signos y convenciones que intentan zanjar, por la resolución abstracta y simbólica, la imposibilidad de encapsular lo complejo 9. Hemos de contar con ello

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cuando afirmamos los presupuestos científicos de la Dogmática penal, de tal manera que pongamos en cuarentena la recepción de conceptos naturalistas y empíricos, supuestamente articulados a través de una metódica estrictamente científica, pero acaso paradójicamente inficionados del mismo sentido simbólico del cual se huía 10.

II ¿Utilidades simbólicas en el sistema jurídico-penal?

Pese a este prejuicio general frente al simbolismo manifiesto, frecuente en la Ciencia jurídico-penal, contamos con algunos intentos científicos de poner en evidencia el potencial emblemático de las expresiones penales.

Así, se ha señalado con brillantez el elevado valor reforzador del Derecho penal simbólico, desprestigiado por las críticas pero no condenable en su totalidad, ya que, en cierto sentido, los efectos simbólicos pueden estimarse al servicio de la tutela de bienes jurídicos 11.

Y, de este modo, se ha dado en admitir un simbolismo penal-mente positivo cuando subraya determinadas exigencias del mensaje penal. Entre los usos beneficiosos que se ha predicado del símbolo en Derecho penal, citaremos el del refuerzo emotivo de la desvaloración del bien jurídico, por la advertencia penal: de este modo, la sociedad, se dice, tomará en serio la comunicación penal 12.

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Así, según se aduce, se da fuerza al juicio de desvalor, a través del refuerzo simbólico de la desaprobación, que hace homo-géneo el contenido de las normas penales. Pero ello sale al paso de la representación más específica de la real dimensión lesiva, a través de la reacción que se adopta. Una diversificación del arsenal punitivo permitiría adecuar el refuerzo expresivo a las características de cada delito 13.

También se ha dicho que la expresividad simbólica es positiva cuando se vuelca hacia el énfasis, no del contenido substantivo de la norma penal, sino de su valor denotativo de la forma correcta y socialmente adecuada de resolver, formalizadamente, los conflictos sociales. La norma penal, que se formula por un procedimiento legal especialmente cualificado, y que se flanquea con la sanción de la pena, tiene el sentido simbólico de expresar que está ahí, en dicha posición de preeminencia, precisamente para ser aplicada, y que nadie podrá optar por vías de hecho 14.

Así, se ha dado por válida la expresión simbólica, pedagógico-cultural, de la norma penal respecto de su contenido valorativogarantista. La norma penal está enunciando valorativamente un «rol ilustrado» respecto de los instintos irracionales que se gene-ran en la sociedad frente al delito, es decir, incorpora un símbolo cultural en fomento de la elección de una opción formalizada de solventación de conflictos 15.

Como hemos observado, en este somero repaso, no cabe repudiar per se cualquier aplicación simbólica a referencias jurídicopenales. A tal respecto, nadie como el penalista Günther JAKOBS ha hecho un uso tan copioso e intensivo del arsenal simbólico a la hora de abordar el sentido del Derecho penal. Sin embargo, la vehemencia con la que este autor se ha aferrado al símbolo normativo ha impedido, en frecuentes ocasiones, que sus planteamientos puedan ser valorados ponderadamente, más allá de los clásicos prejuicios científicos frente al lenguaje simbólico.

¿Es hoy tan inútil e inferaz el lenguaje simbólico, en términos

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intelectuales y científicos? Su abstracción parece, a priori, excluirlo como fuente de descubrimiento científico. Véamos hasta qué punto puede ser errado ese prejuicio.

Tomemos por ejemplo el complejísimo personaje de Edipo. Constituye esta figura la encarnación del ser humano penado sin culpa, castigado por su personal destino, o, como manifiesta el propio JAKOBS, un ejemplo mítico de pura responsabilidad objetiva por el resultado 16. Su base empírica, su conexión con una realidad histórica subyacente no puede haberse debilitado más. Pues, lo que este mito incorpora, en un remotísimo substrato fáctico, es la plasmación simbólica de un episodio de hecho, frecuente en las antiguas monarquías, y, desde luego, subjetivamente reprochable: la traición y la insurgencia del hijo/yerno heredero frente al soberano 17. Sin embargo, la más documentada crónica de estos acontecimientos, el más premioso estudio estadístico acerca de los mismos, no hubiera sido nunca tan útil al mundo de la cultura y las ciencias como lo ha sido el universal símbolo edípico.

Es posible que las categorías simbólicas, en el pensamiento de JAKOBS, no sean más que un palidísimo reflejo de las realidades activadas por el conflicto criminal 18. Pero sus controvertidas construcciones vienen siendo a la moderna Dogmática penal lo que la figura de Edipo al mundo de la cultura, las artes y las ciencias: un poderoso...

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