El silogismo jurídico

AutorÓscar Buenaga Ceballos
Páginas83-85

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La aplicación del Derecho puede siempre ser considerada y explicada lógicamente a través de un silogismo, en el que la norma es la premisa mayor y el hecho es la premisa menor, llegándose a una deducción lógica o conclusión.

La concepción amplia aristotélica de silogismo permite, sin esfuerzo, acudir a dicho esquema, pues para este filósofo un silogismo es "un argumento en el cual, establecidas ciertas cosas, resulta necesariamente de ellas, por ser lo que son, otra cosa distinta de las antes establecidas"32. Ciertamente tal concepción puede englobar inferencias no sólo silogísticas, sino de otros tipos, pero la inferencia modélica es la deductiva en la que la conclusión se infiere de dos premisas previamente establecidas.

Sobre la base de la clasificación aristotélica de los tipos de silogismos, se distinguen los silogismos demostrativos o apodícticos, dialécticos y sofísticos. Los silogismos demostrativos son necesarios, por cuanto la conclusión se sigue necesariamente de las premisas. Los dialécticos son probables, esto es, la conclusión tiene sólo un cierto grado de probabilidad respecto de las premisas. Y los silogismos sofísticos son falsos. El silogismo más habitual es el demostrativo (presentado a menudo como categórico). El silogismo categórico es un condicional que se compone de tres esquemas cuantificados. El antecedente del condicional se compone de dos esquemas, llamados premisas. La primera es la premisa mayor; la segunda es la premisa menor. El consecuente del condicional es otro esquema: la conclusión33.

En el ámbito del Derecho, la lógica jurídica se encargaría del análisis del silogismo jurídico, esto es, el proceso lógico que sigue el razonamiento jurídico para llegar a la decisión partiendo de unas premisas presupuestas. Esto es, lo que suele denominarse justificación interna de la decisión jurídica.

Con la definición general aristotélica, el silogismo jurídico deductivo funcionaría con el esquema elemental de una premisa mayor que sería la norma jurídica, una premisa menor que sería el hecho considerado y una conclusión que sería la decisión jurídica. Sin embargo,

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la noción global de silogismo del filósofo griego reviste un carácter más general que permite un mejor ajuste al ámbito jurídico, dado que junto a los silogismos demostrativos, están los dialécticos que permiten que la conclusión tenga sólo un cierto grado de probabilidad respecto de las premisas.

Las premisas en Derecho están conformadas...

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