Sesgos en la investigación de la píldora postcoital. Hormonas femeninas en la maduración del cerebro adolescente

AutorNatalia López Moratalla - José López Guzmán - Tania Errasti Alcalá - Esteban Santiago - Mercedes Beunza Santolaria
Páginas309-324

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1. Introducción

La píldora de emergencia, también llamada postcoital o píldora del día siguiente (PDS) salió al mercado en 2004 como una solución «de urgencia» a un embarazo no deseado después de haber mantenido relaciones sexuales sin protección física o farmacológica. El discurso de lanzamiento fue llamativo, las dudas que generaba el producto se diluyeron y la píl-dora se abrió paso con pocas restricciones:

No importa la edad. Toda mujer en edad fértil puede consumirla tenga 30 o 12 años. Se habla de un «método anticonceptivo», aunque de urgencia, pero no de un método abortivo.

Según el prospecto, y el propio Minis-terio de Sanidad, los efectos secundarios se traducen en molestias gastrointestinales, y sangrado entre otras, pero en general el producto es «inocuo».

El único requisito a pedir es una receta médica. Garantizando así un uso

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prudente

del producto, realmente para emergencias, al estar sujeto a prescripción.

Cinco años después, en septiembre de 2009, el Ministerio de Sanidad de España da luz verde para este producto hormonal. Cualquier mujer puede disponer de la píldora sin receta, cuando quiera y, en el caso de las menores de edad, sin el permiso de sus padres. La PDS duplica su venta ese mismo año.

Asistimos a una promoción, bien orquestada por la ideología de la liberación sexual y apoyada por fuertes intereses económicos, de la píldora de emergencia. Una promoción, que ha logrado un consumo muy alto en jóvenes y menores de edad, pero que no ha contribuido, sin embargo, a disminuir los abortos, ni las enfermedades de transmisión sexual.

Este Informe no se dirige a debatir sobre los problemas de conciencia creados a médicos y farmacéuticos en el ejercicio de su profesión, al estar obligados legal-mente a extender la receta y dispensar el producto, sin posibilidad de realizar una necesaria historia clínica o de dar seguimiento a la usuaria. Se ven así presionados por leyes y disposiciones legales en contradicción con los principios y valores propios de tales profesiones: rigor en la investigación y en la información, racionalidad, espíritu de cooperación, sentido de servicio, responsabilidad ante la sociedad, etc.

Tratamos de aportar aquí los conocimientos científicos que permitan una información veraz y completa, sin omitir datos o aspectos relevantes sobre las acciones de este preparado. Para ello, es necesario liberar la verdad de intereses comerciales y de la imposición de un modelo de política sanitaria sexual partidista e ideologizada en extremo.

Es preciso alertar a la sociedad sobre los sesgos de una investigación carente de rigor acerca de si la píldora de emergencia es un producto anti-conceptivo (que impide la ovulación por actuar únicamente antes de que se pueda producir) o, por el contrario, también es abortivo por tener efectos sobre el embrión humano al impedir su implantación en el útero. La usuaria, en primer lugar, tiene derecho a conocer la respuesta, el porqué de afirmaciones o negaciones contradictorias en nombre de la investigación científica, y a saber qué otros efectos pueda tener la PDS en su cuerpo y especialmente sobre su cerebro. También tiene ese derecho el varón con quien mantiene tal relación. Y lo tienen, cómo no, de forma especial los padres y los educadores.

Las neurociencias del siglo XXI pueden arrojar luz, al darnos a conocer cómo funciona nuestro cerebro, sobre posibles efectos de la PDS en el desarrollo y maduración cerebral. Los cambios en los niveles hormonales cíclicos de la mujer ejercen una función esencial especial-mente en un cerebro en pleno proceso de maduración como es el adolescente. Cada persona se labra su propio cerebro sobre una base genética recibida y los niveles hormonales, en función de la educación, experiencias, decisiones personales, etc. El cerebro es plástico y en él todo infiuye. Por eso preocupan las

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consecuencias de la PDS, consumida por gente muy joven.

¿Qué garantía ofrece para la salud la promoción de un producto del que se silencian sus posibles efectos adversos en el cerebro de las jóvenes usuarias? ¿Qué garantía nos dan esas políticas sanitarias y sociales que no descartan el hecho de que con la PDD se estén eliminando irresponsablemente seres humanos ya concebidos? ¿Cómo puede aceptarse que algo en sí mismo «de emergencia» se haya llegado a convertir en un método anticonceptivo habitual, debido a que algunas jóvenes la llegan a utilizar incluso hasta varias veces en el mismo mes?

La naturaleza humana nos marca límites, aunque queramos obviarlos en un afán desmedido por dominar la vida a través de la biotecnología. Es preciso actuar en consecuencia, retractándose de decisiones imprudentes como la de permitir, fomentar o ampliar la entrega de la píldora del día después sin más requisito que pedirla o comprarla. La manipulación de la transmisión de la vida humana, tanto en su vertiente de la reproducción artificial como en la de la anticoncepción/aborto, es un campo prioritario y crucial en el que se juegan intereses de gran calado humano.

Por una parte, el absolutismo de la biotecnología nos presenta impuesta la elección entre una tecnología que afirma que lo que puede lograrse puede y debe hacerse; y una tecnología orientada por la propia naturaleza humana, que pone los limites racionales.

2. ¿Anovulatoria y/o anti-anidación? interpretación de los resultados sobre cómo actúa la PDS

El artículo de José López Guzmán, «Sesgos en la publicación sobre el mecanismo de acción de la píldora del día siguiente», publicado en el número 75 de Cuadernos de Bioética, destaca, al analizar las publicaciones acerca de cómo actúa la PDS, que asistimos a un gran riesgo para la salud de la población. Y a un gran riesgo para la integridad de la investigación sanitaria, al utilizar sin suficiente rigor, datos científicos para lograr objetivos políticos, económicos o ideológicos.

Tanto el Consorcio Internacional sobre Anticoncepción de Emergencia (ICEC) como la Federación Internacional de Ginecología de Ginecología y Obstetricia (FIGO) 7 hicieron en 2008 una Declaración sobre la PDS, indicando taxativamente que no actúa en la implantación. Este texto, por venir de dos asociaciones científicas ha sido el referente y ha tenido un enorme impacto en los medios de comunicación.

A juicio de López Guzmán este tema de especial gravedad hay que evaluarlo mucho más; es anticientífico y poco honesto la falta de rigor de eligir de cada estudio aquello que conviene y omitir lo que no interesa. En definitiva, «no se puede afirmar que la PDS no actúe impidiendo la implantación» y aporta razonadamente las tres siguientes conclusiones:

  1. Hay razones suficientes para mantener que la inhibición de la ovulación

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    no es el único mecanismo de acción de la PDS. Habrá que dilucidar qué otros mecanismos, y en que proporción, se activan para que la PDS pueda alcanzar el grado de eficacia que manifiesta.

  2. Hay evidencia científica de que la PDS actúa, en algunos casos, y en ciertos días del ciclo, impidiendo o retrasando la ovulación. No obstante, hay muchos trabajos que demuestran que después de la toma de la PDS hay ovulación.

    Hay razones de sentido común, apoyado en los hechos estadísticos publicados, para no negar que impedir la ovulación no es el único efecto, al menos en muchos casos. Por una parte, tomada en días en que la ovulación no puede ser impedida sigue teniendo una eficacia inexplicable. Por otra, si no tuviera otro efecto, la efectividad tras 72 horas no encaja con el tiempo menor, unas 48 horas, en que el esperma permanece en el cuerpo de la mujer con capacidad fecundante.

    Es necesario proseguir en porqué impide la ovulación, para lo cual habría que demostrar que sólo tiene un efecto sobre la fase previa a la ovulación.

  3. Y si fuera cierto que la PDS no actúa después de la ovulación se estaría cometiendo un acto de mala praxis al no informar a las usuarias de que la PDS solo es eficaz los días previos a la ovulación. Es decir, si toda su eficacia sólo dependiera de la fase pre-ovulatoria, tomarla después de la ovulación no sería más que un placebo y no se explicaría la tasa de eficacia de este método postcoital.

3. El juego con las palabras

Gran parte de la aceptación social y moral de la PDS pasa por creer las afirmaciones de que no tiene efecto sobre el embrión humano. Los promotores de la PDD niegan la posibilidad de su efecto abortivo, aún sin datos, basándose en una falsa definición de embarazo y aborto.

La cuestión es bien simple. El aborto es definido legalmente como «interrupción voluntaria del embarazo». Y el embarazo ha sido siempre la situación de una mujer que ha concebido un nuevo ser humano al fecundarse uno de sus óvulos por un espermatozoide. Este embrión, en sus diferentes etapas de desarrollo: mórula, blastocisto, etc., recorre las trompas de Falopio de su madre y anida en el útero. Al acabar este proceso, unos 14 o 15 días después, está plenamente implantado o muere.

¿Qué pasa cuando el embarazo no se da en la mujer sino en el laboratorio? La posibilidad de fecundar in vitro y mantener en cultivo al embrión le cambia de lugar. Obviamente si está en el laboratorio no hay una mujer embarazada de él. Habrá embarazo cuando le transfieran el...

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