Servidumbre de paso: determinación. Homologación de transacción

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad

Se plantea si descrita una servidumbre de paso en la siguiente forma: «las partes han acordado la constitución de una servidumbre de paso a favor de las parcelas ..., y que grava la ...., que discurre por el lindero este de esta última finca, con una anchura de 3 metros, a contar desde el límite exterior del brazal regador, de tierra, que discurre por el citado lindero», se vulnera el principio de especialidad por la falta de determinación de la longitud del terreno afectado por la misma.

Señala la Dirección General que la inscripción del derecho de servidumbre debe expresar su extensión, límites y demás características configuradoras, como presupuesto básico para la fijación de los derechos del predio dominante y las limitaciones del sirviente. En este caso se dice que la servidumbre tendrá un ancho de 3 metros y que transcurre por el lindero este del predio sirviente, pero nada se dice en torno a la longitud en que dicho lindero se verá afectado por el paso a favor del predio...

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