Presidente y Presidencia del Gobierno (II). Los servicios administrativos de la Presidencia y los complejos orgánicos adscritos

AutorBaena del Alcázar, Mariano
Páginas31-37

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1. Introducción: la gradual configuración de una organización administrativa de la presidencia

En la situación actual de la Administración española parece natural que exista no solo la persona del Presidente, hombre político que recibe su nombramiento del Rey y/o de las Cámaras, sino también la Presidencia, una organización administrativa que depende del Presidente y lo asiste en sus funciones. Pero ello es resultado de un largo proceso del que solo se toma conciencia estudiando sus etapas y contemplando la historia de la Administración, entendida como una especie de geología administrativa, que permite conocer el origen y pretérito de la situación actual.

Desde luego, esta afirmación es plenamente aplicable a la Presidencia, la cual en varias décadas se convierte en una estructura administrativa de importancia. No era así al comienzo del periodo estudiado. Más bien parece desprenderse de nuestra fuente31que durante la primera mitad del siglo XIX no existe la Presidencia como tal. Se obtiene la impresión de que uno de los Ministros (generalmente el de Estado, pero puede ser el de Guerra) tiene el encargo de presidir el Consejo y lo hace, tomando diversas decisiones en común. Por lo demás, cada Ministro o Secretario de Estado (o Ministerio o Secretaría de Estado) hace su vida independiente. Se trata de una situación que a comienzos del periodo liberal quizás no era muy distinta de la propia de los años del siglo XVIII, cuando

Floridablanca preside la Junta Suprema de Estado o Gobierno de Su Majestad Carlos III.

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2. Los servicios administrativos propiamente dichos
2.1. Los órganos administrativos de apoyo inmediato y su evolución

En su estudio hay que distinguir dos aspectos: de una parte la Secretaría del Consejo de Ministros, posiblemente la pieza clave del sistema; y de otra, los órganos administrativos dependientes del Secretario.

2.1.1. El Secretario del Consejo de Ministros

Hasta mediados del siglo XIX la situación del funcionamiento del Consejo debió ser la descrita en el apartado anterior, si bien es de entender que iría modificándose a medida que aumentase el número de asuntos y el volumen de documentación. En todo caso, no es sino en 1851 cuando Bravo Murillo crea una Dirección General que ejerce la Subsecretaría y que debía auxiliar al Presidente, teniendo su titular categoría de Subsecretario32. No obstante, la existencia del cargo no se consolida de inmediato.

En realidad, los Gobiernos del bienio progresista son los que llevan a cabo esta consolidación. Así, aunque en 1854 con el Gobierno Sartorius nuestra fuente menciona un Secretario del Consejo de Ministros, sin indicar su rango o nivel orgánico, son los Gobiernos de Espartero de 1855 y 1856 los que implantan la figura de Secretario de la Presidencia o Secretario del Consejo de Minis-tros33, siendo el primer nombrado D. José Garaicoechea34. Esta persona retiene el cargo cuando el Gobierno Espartero es sustituido por el Gobierno Narváez y los Gobiernos Armero, de modo que aparece como Secretario de Presidencia de 1857 a 1859. Estamos sin duda ante un caso más que demuestra que no siempre se daba la inestabilidad.

En los años inmediatamente posteriores sí se da una situación variable, ya que en 1860 el cargo está vacante, y en 1861 no se menciona en nuestra fuente. Por el contrario, en 1862 y 1863 ocupa ese cargo la misma persona,

D. Alejandro Shee y Saavedra (no se indica el rango) y en 1864 se encuentra vacante.

Durante los últimos años del reinado de Isabel II se produce un robustecimiento de la figura y así no solo está siempre cubierto el cargo (incluso en 1865), sino que además, a partir de 1866 y hasta 1868, es decir, hasta el final del reinado, la fuente habla ya de un Subsecretario de Presidencia, que en 1866 sigue siendo D. Alejandro Shee, en 1867 lo es D. Esteban González Aponsa, y en 1868, D. Isidro Lara Pérez.

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El sexenio no supone alteración de esta situación. Solo se da la incidencia de que en 1871 es suprimido y pronto restablecido el cargo de Subsecretario de la Presidencia35. Pero subsiste durante los demás años del sexenio.

El órgano administrativo de que hablamos sigue existiendo e incluso aumenta su importancia durante la Restauración monárquica. Así tenemos que hay un Subsecretario de la Presidencia en los Gobiernos de Cánovas y Sagasta y en el último Gobierno del siglo, de Silvela. Debe precisarse sin embargo que durante los tres primeros años (1875-1877) nuestra fuente habla de un Secretario de la Presidencia, sin precisar su rango o nivel orgánico, lo que sí hace desde 1878 hasta el final del periodo.

Parece interesante destacar que en los Gobiernos de Cánovas se favorece la estabilidad, y por ello se mantiene el Subsecretario del año o años anteriores, como lo demuestra que D. Saturnino Esteban Miguel y Collantes es Subsecretario de 1875 a 1881 inclusive y en 1884 y 1885 y D. Ángel Vallejo Miranda en 1891 y 1892. En cambio, con los Gobiernos Sagasta solo se mantiene más de un año en el cargo D. Miguel Villanueva...

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