La separación de hecho

AutorXavier O'Callaghan
Cargo del AutorMagistrado del Tribunal Supremo. Catedrático de Derecho Civil

La separación vista es la separación judicial, llamada también separación legal, que es la única que produce todos los efectos previstos por el Código respecto a la ineficacia del matrimonio o suspensión de los efectos, tal como se ha expuesto.

Distinta es la separación de hecho en que los cónyuges suspenden por sí mismos algunos efectos del matrimonio, con consecuencias prácticas, e indirectamente legales (1). Así, se suspenderá "mientras dura la separación" la eficacia personal en relación concreta a la convivencia: sigue el deber de socorro mutuo (alimentos), fidelidad, etc.; se mantienen les efectos económicos: en nada quedará afectado el régimen económicomatrimonial; se mantiene, aunque puede sufrir algún efecto indirecto, la eficacia relativa a la filiación.

La separación de hecho produce efectos en orden a la declaración judicial de separación y divorcio: muchas de sus causas se basan en la separación de hecho: así, los artículos 82, 86 y otros hacen constante referencia a la separación de hecho, empleando las expresiones separación efectiva y cese efectivo de la convivencia conyugal.

La separación de hecho, en su sentido jurídico, sus escasos efectos y su interés en relación a una separación o divorcio, implica no sólo un alejamiento físico (corpus), sino una intencionalidad, no en tal alejamiento, sino en la suspensión del matrimonio indefinidamente (animus).

Por falta de animus no hay separación de hecho, en sentido jurídico, cuando los unidos en matrimonio no viven juntos por razón de trabajo o de enfermedad. Así lo expresa el segundo párrafo del artículo 87: La interrupción de la convivencia no implicará el cese efectivo de la misma si obedece a motivos laborales, profesionales...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR