Sentencia del Tribunal Supremo de 7 de abril de 2015 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5ª, Ponente: Francisco José Navarro Sanchís)

AutorDra. Aitana de la Varga Pastor
CargoProfesora Lectora de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili (acreditada a contratada doctora por ANECA) e investigadora del Centre d'Estudis de Dret Ambiental de Tarragona (CEDAT)
Páginas47-52
www.actualidadjuridicaambiental.com
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Tribunal Supremo (TS)
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 4 de junio de 2015
Sentencia del Tribunal Supremo de 7 de abril de 2015 (Sala de lo Contencioso-
Administrativo, Sección 5ª, Ponente: Francisco José Navarro Sanchís)
Autora: Dra. Aitana de la Varga Pastor, Profesora Lectora de Derecho Administrativo de
la Universitat Rovira i Virgili (acreditada a contratada doctora por ANECA) e investigadora
del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona (CEDAT)
Fuente: ROJ: STS 1489/2015 - ECLI:ES:TS:2015:1489
Temas Clave: Modificación PGOU; Evaluación ambiental estratégica; Establecimiento
comercial
Resumen:
Ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Primera) del Tribunal Superior de
Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, se siguió recurso contencioso-
administrativo, a instancia de la entidad Ecologistas en Acción de Valladolid, contra la
orden de 18 de septiembre de 2009, del Consejero de Fomento de la Junta de Castilla y
León, por la cual se aprobó definitivamente la modificación del Plan General de
Ordenación Urbana de Valladolid en el Área Homogénea 11 de Suelo Urbanizable No
Delimitado «Prado Palacio-Berrocal», así como contra la decisión motivada de la Consejera
de Medio Ambiente que declara innecesaria la evaluación ambiental de dicha modificación,
hecha pública por Resolución de la Dirección General de Prevención Ambiental y
Ordenación del Territorio de la misma Consejería de 30 de junio de 2008. Fueron
demandadas en la instancia la Comunidad Autónoma De Castilla Y León, representada y
defendida por Letrado de sus servicios jurídicos; El Ayuntamiento de Valladolid,
representado y defendido por el Letrado Consistorial; y la sociedad mercantil Lotholders,
S.L., representada por la Procuradora Sra. Sánchez Herrera.
En esta sentencia se resuelve recurso de casación contra la sentencia de la sala de instancia
que resolvió estimando dicho recurso contencioso-administrativo declarando la nulidad de
la orden y de la decisión motivada impugnadas.
La sociedad recurrente alega dos motivos de impugnación de la sentencia de instancia:
infracción del artículo 4 de la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre Evaluación de los Efectos
de Determinados Planes y Programas en el Medio Ambiente en conexión con lo
establecido por el artículo 3.3.b) del mismo cuerpo legal y la constante jurisprudencia que lo
interpreta. En su exposición, también se mencionan los criterios contenidos en el Anexo II
de la Ley; En el segundo motivo se sostiene la infracción del artículo 10.1.a) de la Ley
8/2007, de 28 de mayo, de Suelo , en relación con el artículo 10.1.a) del Texto Refundido
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio , así como los artículos
9.3 y 103.1 de la Constitución Española , el artículo 3.2 del Código Civil y la jurisprudencia
del Tribunal Supremo y la doctrina decantada por el Tribunal Constitucional sobre la

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