Sentencia del Tribunal Supremo de 14 de junio, Rec. 1733/2015

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El reconocimiento de 112 días de cotización por el nacimiento de cada hijo se concede también con ocasión de los partos que hayan tenido lugar en el extranjero y aun cuando sean anteriores a la afiliación a la Seguridad Social.

La demanda origen de estas actuaciones viene referida al reconocimiento de prestaciones derivadas de incapacidad permanente, inicialmente denegadas por falta de cotización de la demandante, a la que no le fueron reconocidos los 112 días de cotización por el nacimiento de un hijo, ante el hecho de que el parto se había producido en el extranjero. Tanto la sentencia de instancia como la de suplicación mantienen el criterio de cómputo de esos 112 días e igualmente el TS en la sentencia ahora anotada confirma dicha tesis al desestimar el recurso del INSS.

En concreto la trabajadora había tenido un hijo en Francia y otro en España causando alta en Seguridad Social con posteriori-dad al nacimiento de ambos, cotizando por un periodo de 3.937 días hasta que fue propuesta para el reconocimiento de una incapacidad permanente total para su profesión habitual, siéndole computados 112 días por el nacimiento de su segundo hijo, acreditando así un total de 4.049 días cotizados, cuando le eran exigidos, en razón de su edad en la fecha del hecho causante, un total de 4.105, por lo que de añadirse otros 112 días por el nacimiento del hijo nacido en el extranjero, alcanzaría la carencia exigida para generar el derecho a las prestaciones derivadas de incapacidad permanente total.

La norma objeto de estudio es la Disposición Adicional cuarenta y cuatro de la LGSS, actualmente incorporada al artículo 235 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social de 30 de octubre de 2015, que reconoce el derecho controvertido "por cada parto", a efectos de las pensiones contributivas de jubilación e inca-pacidad permanente, sin establecer límite o condicionamiento alguno respecto a que el parto en cuestión se haya producido dentro o fuera del territorio nacional o a que sea anterior o posterior a la afiliación a...

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