Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana de 12 de mayo de 2020 (Sala de lo Contencioso-administrativo. Sección 1, Ponente: Edilberto José Narbón Lainez)

AutorDr. Carlos Javier Durá Alemañ
CargoInvestigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Páginas227-230
Recopilación mensual n. 104, septiembre 2020
227
Comunidad Valenciana
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 15 de septiembre de 2020
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana de 12 de
mayo de 2020 (Sala de lo Contencioso-administrativo. Sección 1, Ponente: Edilberto
José Narbón Lainez)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación
del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CV 676/2020 - ECLI: ES:TSJCV:2020:676
Palabras clave: Espacio natural protegido. Parque Natural. Prescripción. Caducidad. Plan
Ordenación Recursos Naturales. Sanción. Restauración legalidad. Construcción ilegal. Ley
responsabilidad medioambiental.
Resumen:
El objeto de esta sentencia es el recurso planteado por un particular contra la sentencia
dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Elche, que desestima
recurso el contencioso-administrativo interpuesto frente al acuerdo de la Dirección General
del Medio Natural que desestima recurso de alzada frente a resolución de la Dirección
Territorial de Alicante por la que se acuerda la retirada de una serie de instalaciones y su
restitución al estado original.
En concreto se trata de una serie de actuaciones construidas en una parcela ubicada en una
zona contemplada en el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Parque Natural
de las Salinas de Santa Pola (Elche). Allí se instaló una caravana, tienda de campaña,
construcción de una balsa, y un chambao de tela. Todas ellas no contempladas ni permitidas
según el PORN del mencionado espacio natural.
Otro informe técnico de Consellería manifestaba que la norma en vigor era el Decreto
60/2003, por el que se aprueba la ordenación de las zonas periféricas de protección del
sistema de zonas húmedas del sur de Alicante. La parcela se ubica en el Área de Predominio
Agrícola A del mencionado Decreto, siendo la normativa similar a la anterior.
Con posterioridad, un nuevo informe del Agente Medio Ambiental, comprueba la existencia
de una casa prefabricada de madera y una caseta de obra para un grupo electrógeno,
actuaciones nuevamente denunciadas y sobre las que se abre expediente sancionador
acordándose la retirada de todas las instalaciones de la zona, presentándose recurso de alzada,
que es desestimado por la Dirección General del Medio Natural, interponiéndose recurso
contencioso-administrativo dictándose sentencia desestimatoria, nuevamente recurrida.
Los argumentos esgrimidos de parte hacen mención a la existencia de caducidad,
prescripción, y nulidad por falta de requerimiento de legalización.

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