Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (Sevilla), de 17 de julio de 2019 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Pedro Luis Roas Martín)

AutorEva Blasco Hedo
CargoResponsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT) Lo que tú consideres
Páginas124-128
Recopilación mensual n. 94, Octubre 2019
124
Tribunal Superior de Justicia (TSJ)
Andalucía
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 16 de octubre de 2019
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (Sevilla), de 17 de julio de
2019 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Pedro Luis Roas
Martín)
Autora: Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro
Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT) Lo que tú consideres
Fuente: Roj: STSJ AND 8629/2019 - ECLI: ES:TSJAND:2019:8629
Temas Clave: Minería; Concesión; Caducidad; Prórroga; Planeamiento urbanístico; Suelo
No Urbanizable de Especial Protección; Prevención Ambiental; Declaración de impacto
ambiental
Resumen:
La Sala conoce del recurso contencioso-administrativo interpuesto por la “Federación
Ecologistas en Acción-Andalucía” contra la desestimación por silencio de la solicitud
presentada en fecha 26 de abril de 2013, por la que se interesaba la declaración expresa de
caducidad de la concesión de explotación para recursos de la sección C), denominada
“Sierra de Morón”, número 7200, situada en el término municipal de Morón de la Frontera
(Sevilla), cuyo titular es la entidad SIDEMOSA S.L., y suspensión de la tramitación del
procedimiento de solicitud de prórroga.
Recurso que se hizo extensivo a la resolución de 19 de febrero de 2014 de la Dirección
General de Industria, Energía y Minas sobre el expediente de solicitud de prórroga de
vigencia de la anterior y contra la resolución de 18 de febrero de 2015 del Consejero de
Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de desestimación del recurso de alzada
interpuesto con fecha 20 de octubre de 2014 formulado frente a las resoluciones de
prórroga, así como frente a la Declaración de Impacto Ambiental emitida en fecha 22 de
octubre de 2013 por la Delegación Territorial en Sevilla de la Consejería de Agricultura,
Pesca y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, en el seno del mencionado expediente
de solicitud de prórroga.
La recurrente alega como primer motivo de recurso la caducidad de la concesión minera de
conformidad con los artículos 86.1 de la Ley 22/1973, de 21 de julio, de minas y 109 i) del
Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General
para el Régimen de la Minería. Considera que con fecha 6 de diciembre de 2012 expiraba el
plazo de vigencia inicial de 30 años y que la solicitud de prórroga tenía que haber sido
solicitada con tres años de antelación a su fecha de expiración. Si la Administración no ha
resuelto en esos tres años, la prórroga debe considerarse rechazada. En su defensa trae a

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