Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Primera), de 20 de enero de 2021, asunto C-619/19, por la que se resuelve una cuestión prejudicial planteada en relación con la interpretación de la Directiva 2003/4/CE, de acceso a la información ambiental

AutorÁngel Ruiz de Apodaca Espinosa
CargoCatedrático de Derecho Administrativo, Universidad de Navarra
Páginas142-145
Recopilación mensual n. 109, febrero 2021
142
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 11 de febrero de 2021
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Primera), de 20 de enero
de 2021, asunto C-619/19, por la que se resuelve una cuestión prejudicial planteada
en relación con la interpretación de la Directiva 2003/4/CE, de acceso a la
información ambiental
Autor: Ángel Ruiz de Apodaca Espinosa, Catedrático de Derecho Administrativo,
Universidad de Navarra
Fuente: http://curia.europa.eu
Palabras clave: Información ambiental. Excepciones. concepto de comunicaciones internas
y ámbito temporal.
Resumen:
a. Breve referencia al supuesto de hecho.
La cuestión prejudicial se plantea en el contexto de un litigio entre el Land de Baden-
Württemberg y D. R. (persona física) en relación con una solicitud de información
medioambiental para acceder a determinados documentos de su Ministerio de la Presidencia
relativos a la tala de árboles en el Jardín del Palacio de Stuttgart en el marco de un proyecto
de construcción de infraestructuras urbanísticas y de transporte denominado “Stuttgart 21”.
No obstante, estos documentos contienen información transmitida a la dirección del
Ministerio de la Presidencia sobre el desarrollo de los trabajos de la comisión de investigación
competente en relación con la intervención de la policía, el 30 de septiembre de 2010, en el
Jardín del Palacio de Stuttgart y, por otra parte, las notas de dicho ministerio, relativas a la
aplicación de un procedimiento de conciliación, los días 10 y 23 de noviembre de 2010, en el
marco del proyecto «Stuttgart 21».
La denegación de tal información fue recurrida, recurso que desestimado en primera instancia
judicial al entender que se trata de comunicaciones internas, pero estimado en segunda
instancia al entender el Tribunal que tal información era de contenido ambiental y no
concurría la excepción para tal suministro.
El Land recurre esa sentencia ante el Tribunal Supremo alemán que plantea una serie de
cuestiones prejudiciales.
b. Inclusión de los extractos más destacados.
Sobre la Primera cuestión prejudicial
27. Mediante su primera cuestión prejudicial, el órgano jurisdiccional remitente pregunta si
el artículo 4, apartado 1, párrafo primero, letra e), de la Directiva 2003/4 debe interpretarse
en el sentido de que el concepto de «comunicaciones internas» incluye toda la información
que no salga de la esfera interna de una autoridad pública.

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