Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 22 de febrero de 2018, por la que se declara el incumplimiento de la República Helénica y se le imponen sanciones pecuarias por no ejecutar una Sentencia previa que declaró la infracción de la Directiva 91/271, sobre tratamiento de aguas residuales urbanas

AutorInmaculada Revuelta
CargoProfesora Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Valencia
Páginas51-55
www.actualidadjuridicaambiental.com
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Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE)
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 8 de marzo de 2018
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 22 de febrero de 2018,
por la que se declara el incumplimiento de la República Helénica y se le imponen
sanciones pecuarias por no ejecutar una Sentencia previa que declaró la infracción
de la Directiva 91/271, sobre tratamiento de aguas residuales urbanas
Autora: Inmaculada Revuelta, Profesora Titular de Derecho Administrativo, Universidad
de Valencia
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Tercera), Asunto C328/16,
ECLI:EU:C:2018:98
Temas Clave: Aguas residuales urbanas; Incumplimiento del Derecho de la Unión
Europea; Ejecución de Sentencia; Sanciones pecuniarias
Resumen:
La Sentencia fiscaliza la ejecución de la STJCE de 24 de junio de 2004 ( EU:C:2004:385),
que condenó a Grecia por incumplir la Directiva 91/271 (arts. 3.1,párrafo segundo; y, 5.2,
apartado 2), al constatar que no había instalado un sistema colector para las aguas residuales
urbanas de la región de Thriasio Pedio y que se vertían sin tratamiento previo en la zona
sensible del golfo de Eleusis.
El TJUE entiende que dicho Estado no ha ejecutado debidamente dicha Sentencia pues en
la fecha fijada en el requerimiento de la Comisión (7 de julio de 2010), las aguas residuales
urbanas de la citada región seguían sin recogerse y someterse a tratamiento. La Sentencia se
fundamenta en el reconocimiento del propio Estado de que la instalación de tratamiento,
en construcción hasta el 7 de abril de 2011, entró en funcionamiento el 27 de noviembre de
2012; que la red de recogida secundaria todavía no se había completado; y, que no todos los
habitantes de la región estaban conectados a la red terciaria.
La Sentencia, apartándose de las propuestas cuantitativas de la Comisión, condena a Grecia
a pagar una suma a tanto alzado de 5.000.000 euros teniendo en cuenta, entre otras cosas,
el prolongado plazo de tiempo transcurrido desde la declaración del incumplimiento en
2004; el incumplimiento reiterado del Estado en esta materia, acreditado por las numerosas
condenas; o, la especial gravedad del mismo; y, le impone multas coercitivas, por importe
de 3.276.000 euros por semestre de retraso en el cumplimiento de la Sentencia de 2004, en
caso de no haberse cumplido en la fecha de la Sentencia.
Destacamos los siguientes extractos:
“(…) 49. Por lo que respecta al procedimiento por incumplimiento con arreglo al artículo
260 TFUE, apartado 2, procede considerar como fecha de referencia para apreciar la
existencia de tal incumplimiento la del vencimiento del plazo señalado en el escrito de

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