Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 15 de marzo de 2017, que declara el incumplimiento del Reino de España de la Directiva 2008/98, sobre los residuos (arts. 13 y 15.1), por no adoptar medidas frente a 61 vertederos ilegales

AutorInmaculada Revuelta Pérez
CargoProfesora Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Valencia
Páginas83-86
www.actualidadjuridicaambiental.com
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Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 27 de abril de 2017
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 15 de marzo de 2017,
que declara el incumplimiento del Reino de España de la Directiva 2008/98, sobre
los residuos (arts. 13 y 15.1), por no adoptar medidas frente a 61 vertederos ilegales
Autora: Inmaculada Revuelta Pérez, Profesora Titular de Derecho Administrativo,
Universidad de Valencia
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Décima), Asunto C-563/15,
ECLI:EU:C:2017:210
Temas Clave: Residuos; vertederos ilegales
Resumen:
La condena trae causa del procedimiento de infracción iniciado por la Comisión hace más
de diez años por los vertederos ilegales existentes en nuestro país. El primer dictamen
motivado (2008) se refería a unos 250 vertederos ilegales; y, el dictamen complementario
(2014) a la falta de sellado y regeneración de 63 de aquéllos. La Comisión presentó
demanda ante el Tribunal de Justicia al no haberse realizado dichas operaciones respecto de
61 vertederos en el plazo fijado (noviembre de 2014).
El TJUE declara el incumplimiento, respecto de todos los vertederos ilegales
controvertidos, de las obligaciones que imponen a los Estados los arts. 13 (gestión de los
residuos sin riesgo) y 15.1 (“Responsabilidad de la gestión de residuos”) de la Directiva
marco de residuos, que exige adoptar las medidas para garantizar que los sujetos
responsables (Municipios incluidos) los someten a tratamiento adecuado. Y ello en la
medida en que todos ellos se habían clausurado pero no se habían sellado y regenerado en
el plazo fijado por la Comisión.
La condena se refiere a los siguientes vertederos ilegales:
Torremolinos (Málaga), de Torrent de S’Estret (Andratx, Mallorca), de Hoya de la Yegua
de Arriba (Yaiza, Lanzarote), de Barranco de Butihondo (Pájara, Fuerteventura), de La
Laguna-Tiscamanita (Tuineje, Fuerteventura), de Lomo Blanco (Antigua, Fuerteventura),
de Montaña de Amagro (Galdar, Gran Canaria), de Franja Costera de Botija (Galdar, Gran
Canaria), de Cueva Lapa (Galdar, Gran Canaria), de La Colmena (Santiago del Teide,
Tenerife), de Montaña Los Giles (La Laguna, Tenerife), de Las Rosas (Güimar, Tenerife),
de Barranco de Tejina (Guía de Isora, Tenerife), de Llano de Ifara (Granadilla de Abona,
Tenerife), de Barranco del Carmen (Santa Cruz de La Palma, La Palma), de Barranco
Jurado (Tijarafe, La Palma), de Montaña Negra (Puntagorda, La Palma), de Lomo Alto
(Fuencaliente, La Palma), de Arure/Llano Grande (Valle Gran Rey, La Gomera), de El
Palmar Taguluche (Hermigua, La Gomera), de Paraje de Juan Barba (Alajeró, La
Gomera), de El Altito (Valle Gran Rey, La Gomera), de Punta Sardina (Agulo, La
Gomera), de Los Llanillos (La Frontera, El Hierro), de Faro de Orchilla (La Frontera, El
Hierro), de Montaña del Tesoro (Valverde, El Hierro), de Arbancón (Castilla-La Mancha),
de Galve de Sorbe (Castilla-La Mancha), de Hiendelaencina (Castilla-La Mancha), de

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