Sentencia del Tribunal de Justicia, de 22 de junio de 2016, que desestima recurso de casación interpuesto por 'DK Recycling' contra la Sentencia del Tribunal General que anuló parcialmente la Decisión 2013/448, de la Comisión, relativa a las medidas nacionales de aplicación para la asignación gratuita transitoria de derechos de emisión de gases de efecto invernadero

AutorInmaculada Revuelta Pérez
CargoProfesora Titular de Derecho Administrativo de la Universidad de Valencia
Páginas40-43
Recopilación mensual n. 59, Julio 2016
40
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 26 de julio de 2016
Sentencia del Tribunal de Justicia, de 22 de junio de 2016, que desestima recurso de
casación interpuesto por “DK Recycling” contra la Sentencia del Tribunal General
que anuló parcialmente la Decisión 2013/448, de la Comisión, relativa a las medidas
nacionales de aplicación para la asignación gratuita transitoria de derechos de
emisión de gases de efecto invernadero
Autora: Inmaculada Revuelta Pérez, Profesora Titular de Derecho Administrativo de la
Universidad de Valencia
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Primera), Asunto C540/14 P,
ECLI:EU:C:2016:469
Temas Clave: comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero;
asignación gratuita; registro; supuestos de “dificultades específicas”
Resumen: La Sentencia trae causa de la decisión de la Comisión que rechazó la inscripción
de la empresa recurrente en las listas de instalaciones contempladas en la Directiva 2003/87
y las cantidades de derechos de emisión propuestas por Alemania y de la posterior
Sentencia del Tribunal General que apreció falta de motivación en la misma.
El Tribunal de Justicia, como punto partida, sustituye los fundamentos jurídicos de la
Sentencia impugnada, pues cometió un error de derecho al considerar que la Comisión
podía asignar derechos de emisión en supuestos de “dificultades excesivas”, en lugar de
declarar que la Comisión era incompetente. La Sentencia llega a esta conclusión aplicando
la doctrina jurisprudencial del Alto Tribunal que niega la posibilidad de delegar en la
Comisión decisiones que conllevan elecciones políticas propias del legislador de la Unión y
que, por tanto, modifican elementos esenciales de la normativa de base y la completan con
nuevos elementos al marco normativo de la delegación de competencias que contiene la
Directiva 2003/87. Según la Sentencia una decisión de este tipo desvirtuaría dicho régimen,
pues podía modificar un elemento esencial de la misma, al suponer un enfoque
individualizado basado en las circunstancias particulares de cada explotación afectada por
tales dificultades.
Esta premisa de la incompetencia de la Comisión conduce a la Sentencia a desestimar el
recurso por falta de operatividad de los motivos planteados por la empresa contra la
decisión de la Comisión. Además, se inadmite el motivo de ilegalidad de la Directiva
2003/87, por extemporáneo, en la medida en que no figuraba en el escrito de interposición
del recurso de casación de la empresa recurrente.
Destacamos los siguientes extractos:
“(…) 42 Según reiterada jurisprudencia del Tribunal de Justicia, para que una pretensión de
sustitución de fundamentos de Derecho sea admisible es precisa la existencia de un interés
en solicitarla, en el sentido de que pueda procurar, por su resultado, un beneficio a la parte
que la formula. Este puede ser el supuesto cuando la pretensión de sustitución de

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