Sentencia del Tribunal de Justicia de 12 de abril de 2018 (cuestión prejudicial de interpretación) sobre la Directiva 2003/87, por la que se establece un régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en la Comunidad: incompatibilidad de una normativa nacional que grava los derechos de emisión asignados gratuitamente al 80% de su valor

AutorInmaculada Revuelta
CargoProfesora Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Valencia
Páginas141-142
www.actualidadjuridicaambiental.com
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Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE)
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 10 de mayo de 2018
Sentencia del Tribunal de Justicia de 12 de abril de 2018 (cuestión prejudicial de
interpretación) sobre la Directiva 2003/87, por la que se establece un régimen para
el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en la
Comunidad: incompatibilidad de una normativa nacional que grava los derechos de
emisión asignados gratuitamente al 80% de su valor
Autora: Inmaculada Revuelta, Profesora Titular de Derecho Administrativo, Universidad
de Valencia
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Sexta), Asunto C-302/17,
ECLI:EU:C:2018:245
Temas Clave: gases de efecto invernadero; comercio de derechos de emisión; asignación
gratuita; impuesto
Resumen:
El pronunciamiento del TJUE trae causa de la cuestión planteada por el Tribunal Regional
de Bratislava (Eslovaquia) en el marco del litigio suscitado entre la empresa “PPC Power”,
sujeta al régimen europeo de comercio de derechos de emisión de gases con efecto
invernadero, y la Administración Tributaria por el pago del impuesto que grava al 80 % de
su valor los derechos asignados gratuitamente que han sido vendidos o no han sido
utilizados.
El juez interno tenía dudas sobre la compatibilidad de la normativa tributaria de Eslovaquia
que regula el citado gravamen con la Directiva 2003/87.
El Tribunal de Justicia comienza recordando que la Directiva no impide a los Estados
adoptar medidas que incidan económicamente en el empleo de los derechos de emisión y
que ha reconocido ya en pronunciamientos anteriores que las mismas son posibles siempre
que sean compatibles con el objetivo principal de la Directiva, esto es, incitar a los titulares
a reducir las emisiones, al poder utilizarlos o venderlos en el mercado y obtener ganancias.
La Sentencia considera que el impuesto establecido suprime por completo el incentivo para
reducir las emisiones, al gravar los derechos al 80% de su valor, por lo que es contrario a la
Directiva. El impuesto, dice el Tribunal, reduce a la nada los mecanismos incitadores del
sistema, en la medida en que las empresas se ven privadas de su valor y pierden interés en
invertir para reducir sus emisiones obteniendo beneficios por su venta.
Destacamos los siguientes extractos:
“20. La asignación gratuita de derechos de emisión de gases de efecto invernadero es una
medida transitoria cuya finalidad es evitar la pérdida de competitividad de las empresas
como consecuencia del establecimiento de un régimen para el comercio de derechos de

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