Sentencia del Tribunal General (Sala Tercera), de 24 de junio de 2015, por la que se resuelve una demanda de anulación de la Decisión de Ejecución 2014/774/UE de la Comisión, de 31 de octubre de 2014, por la que se determinan, de conformidad con el Reglamento (UE) Nº 517/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre los gases fluorados de efecto invernadero, los valores de referencia para el período comprendido entre el 1 de enero de 2015 y el 31 de diciembre de 2017 de cada productor o importador que haya notificado la comercialización de hidrofluorocarburos con arreglo al Reglamento (CE) nº 842/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 318, p. 28), en la medida en que dicha decisión se refiere a la demandante

AutorRubén Rodríguez Escobar
CargoProfesor Asociado de Derecho administrativo de la Universidade da Coruña
Páginas60-64
Recopilación mensual n. 49, Septiembre 2015
60
Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE)
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 3 de septiembre de 2015
Sentencia del Tribunal General (Sala Tercera), de 24 de junio de 2015, por la que se
resuelve una demanda de anulación de la Decisión de Ejecución 2014/774/UE de
la Comisión, de 31 de octubre de 2014, por la que se determinan, de conformidad
con el Reglamento (UE) Nº 517/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre
los gases fluorados de efecto invernadero, los valores de referencia para el período
comprendido entre el 1 de enero de 2015 y el 31 de diciembre de 2017 de cada
productor o importador que haya notificado la comercialización de
hidrofluorocarburos con arreglo al Reglamento (CE) nº 842/2006 del Parlamento
Europeo y del Consejo (DO L 318, p. 28), en la medida en que dicha decisión se
refiere a la demandante
Autor: Rubén Rodríguez Escobar, Profesor Asociado de Derecho administrativo de la
Universidade da Coruña
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Asunto T847/14
Palabras clave: Protección de la capa de ozono; gases fluorados de efecto invernadero;
Reglamento (UE) nº 517/2014; comercialización de hidrofluorocarburos; determinación de
un valor de referencia; asignación de cuotas; obligación de motivación; método de cálculo
Resumen:
En el marco de la lucha contra las emisiones de gases de efecto invernadero, el Parlamento
Europeo y el Consejo de la Unión Europea adoptaron el Reglamento (UE) nº 517/2014,
de 16 de abril de 2014, sobre los gases fluorados de efecto invernadero y por el que se
deroga el Reglamento (CE) nº 842/2006 (DO L 150, p. 195), en el cual se establece que
para llevar a cabo una reducción progresiva de las cantidades de HFC que pueden
comercializarse en la Unión, la Comisión Europea determinará una cantidad máxima de
HFC que podrá se comercializada en la Unión cada año, un valor de referencia para cada
productor o importador, basado en la media anual de las cantidades de HFC que uno u
otro hayan declarado haber comercializado entre 2009 y 2012 y una cuota de HFC que será
autorizada para ser comercializada cada año, a partir del año 2015.
Este asunto tiene por objeto una demanda de anulación planteada por GHC Gerling, Holz
& Co. Handels GmbH de la Decisión de Ejecución 2014/774/UE de la Comisión, de 31
de octubre de 2014, por la que se determinan, de conformidad con el Reglamento (UE) Nº
517/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre los gases fluorados de efecto
invernadero, los valores de referencia para el período comprendido entre el 1 de enero de
2015 y el 31 de diciembre de 2017 de cada productor o importador que haya notificado la
comercialización de hidrofluorocarburos con arreglo al Reglamento (CE) nº 842/2006 del
Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 318, p. 28), en la medida en que dicha decisión
se refiere a la demandante.

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