Sentencia Tribunal Constitucional, Pleno, 111/2014, de 26 de junio de 2014

Páginas175-177

Page 175

Recurso de inconstitucionalidad 1453-2014 contra la Ley Foral 19/2013, de 29 de mayo, por la que se autoriza la apertura de un nuevo proceso de funcionarización de las Administraciones públicas de Navarra.

Derecho a la igualdad en el acceso a las funciones públicas, principios de mérito y capacidad y competencias sobre función pública: nulidad de la ley foral que contempla la apertura de nuevos procesos de conversión en funcionario del personal estatutario y contratado laboral fijo de la Administración de la Comunidad Foral y del personal laboral fijo de las entidades locales de Navarra.

Se resuelve el recurso de inconstitucionalidad formulado por la Abogacía del Estado contra los arts. 1 a 10 de la Ley Foral 19/2013, de 29 de mayo, por la que se auto-riza la apertura de un nuevo proceso de funcionarización de las Administraciones públicas de Navarra. El fundamento de la impugnación es la consideración de que se diseña un procedimiento que consiste en la integración directa como funcionarios de carrera de personal estatutario o laboral fijo, tanto de la Administración Foral como de las Administración local, sin pruebas selectivas y sin libre concurrencia de personal externo, lo que se considera que vulnera los principios constitucionales de mérito y capacidad.

El TC rechaza este modelo de funcionarización, y declara la inconstitucionalidad de la norma. Sus argumentos diferencian entre los respectivos colectivos.

  1. Para el personal estatutario y contratado laboral fijo de la Administración Foral y sus organismos autónomos, el art. 1 se limita a autorizar al Gobierno de Navarra para la apertura de un nuevo plazo de opción para la adquisición de la condición de funcionario, "en idénticas condiciones a las fijadas en el artículo 8 de la Ley Foral 4/2003, de 14 de febrero, de medidas relativas al personal al servicio de las Administraciones públicas de Navarra". A partir de aquí operan

    Page 176

    una serie de remisiones normativas que, según el TC, concluyen en una habilitación libre al Gobierno para regular esa integración, lo que contraría la exigencia de habilitación legal expresa para ello. Considera que "...todas estas remisiones, que no permiten entrever siquiera los principales rasgos del régimen de integración que hicieran posible su enjuiciamiento, sí ponen de manifiesto la flagrante vulneración de la reserva de ley formal que deriva de los arts. 23.2, 53.1 y 103.3 CE para la regulación del acceso a la función pública [SSTC...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR