Sentencia de la Audiencia Nacional de 10 de junio de 2015 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 4ª, Ponente: Ana Isabel Martín Valero)

AutorEva Blasco Hedo
CargoResponsable de la Unidad de Investigación y Formación del CIEDA- CIEMAT
Páginas92-94
Recopilación mensual n. 49, Septiembre 2015
92
Audiencia Nacional
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 8 de septiembre de 2015
Sentencia de la Audiencia Nacional de 10 de junio de 2015 (Sala de lo Contencioso
Administrativo, Sección 4ª, Ponente: Ana Isabel Martín Valero)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del
CIEDA- CIEMAT
Fuente: ROJ SAN 2360/2015 - ECLI:ES:AN:2015:2360
Temas Clave: Asignación de derechos de emisión; Internalización de los costes;
Asignación gratuita; Minoración de la retribución de la actividad de producción de energía
eléctrica
Resumen:
En la línea marcada por la Sentencia dictada por la Audiencia Nacional de 10 de junio de
2011, que ya fue objeto de comentario en esta publicación,
(http://www.actualidadjuridicaambiental.com/jurisprudencia-al-dia-audiencia-nacional-
asignacion-de-derechos-de-emision/), se examina por la Sala el recurso interpuesto por la
mercantil “Bizkaia energía, S.L.” contra la resolución del Ministerio de Industria, Turismo y
Comercio de 7 de enero de 2011, que a su vez desestimó el recurso de alzada interpuesto
frente a la resolución de la Comisión Nacional de la Energía de 22 de julio de 2010, por la
que se determinaron las obligaciones de pago de dicha empresa en aplicación de la Orden
ITC/1722/2009, de 26 de junio, por la que se regula, para el año 2008 y el primer semestre
de 2009, la minoración de la actividad de producción de energía eléctrica en el importe
equivalente al mayor ingreso derivado de la asignación gratuita de los derechos de emisión
de gases efecto invernadero.
Con carácter previo al examen del fondo del asunto, la Sala relaciona pormenorizadamente
los antecedentes fácticos y jurídicos sobre el régimen del comercio de derechos de emisión
desde la aprobación de la Directiva 2003/87/CE, de 13 de octubre de 2003 y su regulación
en el ordenamiento jurídico español. A través de esta exposición, nos brinda la oportunidad
de peregrinar por todo un cúmulo de normativa y sus respectivas modificaciones, en
ocasiones de difícil comprensión, cuya interpretación corre a cargo de la doctrina
jurisprudencial que se cita al efecto.
La Sala se centra esencialmente en un extremo: el alcance de la minoración de la retribución
de la actividad de producción de energía eléctrica en el importe equivalente al valor de los
derechos de emisión de GEI asignados gratuitamente. Fundamenta su legalidad en la
interpretación que realizó el TJUE del art. 10 de la Directiva 2003/87/CE a través de su
sentencia de 17 de octubre de 2013, en la que no se opuso “a la aplicación de unas medidas
legislativas nacionales, como las controvertidas en los litigios principales, cuyo objeto y
efecto es minorar la retribución de la actividad de producción de energía eléctrica en el
importe en que esa retribución ha aumentado como consecuencia de la internalización del

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