Selección de legislación, jurisprudencia, resoluciones del TEAC y consultas de la DGT. Fiscalidad Autonómica

LEGISLACIÓN

Disposiciones Generales

Ley 51/2002, de 27 de diciembre, de reforma de la Ley 39/ 1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales (BOE28-12-02)

Modifica la Ley 21/2001, de 27 de diciembre, por la que se regulan las medidas fiscales y administrativas del nuevo sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía en materia de ITE nacional.

Ley 52/2002, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2003. (BOE 31-12-02)

Concreta el importe de las entregas a cuenta de los créditos presupuestarios destinados a la financiación del Fondo de suficiencia de las Comunidades Autónomas, establecidas en el artículo 15.1 de la Ley 21/2001, de 27 de diciembre. Incluye la liquidación definitiva de la participación de las Comunidades Autónomas en los ingresos del Estado de ejercicios anteriores. Concreta la aplicación del Fondo de Garantía del sistema de financiación de las Comunidades Autónomas para el quinquenio 1997-2001. Concreta el importe de las Transferencias a Comunidades Autónomas correspondientes al coste de los nuevos servicios traspasados. Concreta el importe de los. Fondos de Compensación Interterritorial, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 22/2001, de 27 de diciembre.

Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social. (BOE 31-12-02).

Modifica el importe de la bonificación de la cuota en Ceuta y Melilla prevista en el Impuesto sobre el Patrimonio. Incluye bonificaciones en la cuota de Ceuta y Melilla en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Introduce bonificaciones en el Impuesto General Indirecto Canario, en el Arbitrio sobre Importaciones y Entregas de Mercancías en Canarias y e la Ley 19/1994, de 6 de julio, del Régimen Económico y Fiscal de Canarias. Concreta la compensación por la que se garantiza la evolución de la recaudación por el Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación de las Ciudades de Ceuta y Melilla. Regula la Compensación y deducción de determinadas deudas de las Comunidades Autónomas, concretada en que el Estado puede deducir de los importes de la participación en la recaudación líquida de los tributos cedidos gestionados por el mismo y de las entregas del Fondo de Suficiencia de las Comunidades Autónomas, el importe de las deudas líquidas vencidas y exigibles contraídas con la Hacienda Pública del Estado por las mismas, así como por las Entidades de Derecho Público de ellas dependientes, por los conceptos tributarios objeto de dicha cesión, así como por cotizaciones a la Seguridad Social. También se regula una excepción al plazo de materialización en activos fijos de la reserva para inversiones en Canarias, el Reembolso del Impuesto General Indirecto Canario en las importaciones de bienes mediante Agentes de Aduanas y personas o entidades que actúen en nombre propio y por cuenta de los importadores y, de retrasa, hasta el 1 de julio de 2003, la entrada en vigor de ciertas reglas de localización y otras disposiciones complementarias en el ámbito del Impuesto sobre el Valor Añadido y del Impuesto General Indirecto Canario.

COMUNIDADES AUTÓNOMAS DE RÉGIMEN COMÚN

(Andalucía)

Ley 9/2002, de 22 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2003 (BOJA 24-12-02).

Eleva el importe de la cuantía de las tasas mediante la aplicación del coeficiente 1,02 a la cuantía exigible en el año 2002

Ley 10 /2002, de 21 de diciembre, por la que se aprueban normas en materias de tributos cedidos y de otras medidas tributarias, administrativas y financieras (BOJA 24-12-02).

En el ejercicio de las competencias normativas reconocidas a la C.A. en materia de tributos cedidos se incluyen diversas normas que se refieren al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, tasa fiscal sobre los juegos de suerte, envite o azar (por ejemplo, se suprime el recargo autonómico establecido por la Ley 17/1999, de 28 de diciembre y simultáneamente se incrementa en la misma cuantía el gravamen de la tasa fiscal). Crea diversas tasas (por ejemplo, en materia de gobierno de motos náuticas) y modifica otras (por ejemplo, tasa por ordenación de transportes mecánicos por carretera).

Ley 6/2002, de 16 de diciembre, por la que se modifica la Ley 1996, de 10 de enero, del Comercio interior de Andalucía y se crea la tasa por tramitación de licencias comerciales (BOJA 28-12-02).

En las ?grandes superficies? han encontrado las C.C.A.A. una nueva fuente de ingresos. Algunas han establecido un impuesto específico, y otras, como la andaluza una tasa, que se regula en esta Ley.

(Aragón)

Ley 25/2001, de 28 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para 2002 (BOA 31-12-02).

Modifica el importe de las tasas

(Asturias)

Ley 14/2002, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2001 (BOPA 30-12-02).

Eleva el importe de la cuantía de las tasas mediante la aplicación del coeficiente 1,02 a la cuantía exigible en el año 2001

Ley 15/2002, de 27 de diciembre, de medidas presupuestarias, administrativas y fiscales. (BOPA de 30-12-02).

En el marco de las nuevas posibilidades ofrecidas por la Ley 21/2001, de 27 de diciembre, que regula el vigente sistema de financiación autonomía, regula aspectos relativos al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (reducciones sobre la cuota íntegra), al impuesto sobre sucesiones y donaciones (reducciones en la base imponible), en el impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados (tipos de gravamen), tasa fiscal sobre el juego (tipos tributarios y cuotas fijas) Asimismo incluye normas de gestión tributaria (presentación telemática de declaraciones). Crea nuevas tasas. Modifica el canon sobre abastecimiento y saneamiento de aguas en el Principado de Asturias. La novedad fundamental esta representada por el establecimiento de un nuevo impuesto, el impuesto sobre grandes establecimientos comerciales, cuya regulación es similar al vigente ya en Cataluña.

(Baleares)

Orden de 19 de noviembre de 2002, aprueba el modelo 710 de declaración-liquidación anual del impuesto sobre las estancias en empresas turísticas de alojamiento bajo el régimen de estimación objetiva (BOIB de 312-02)

Orden de 19 de noviembre de 2002, aprueba el modelo 700 de declaración-liquidación anual del impuesto sobre las estancias en empresas turísticas de alojamiento bajo el régimen de estimación directa (BOIB de 3-12-02)

Orden de 5 de diciembre de 2002, fija las cuantías de las indemnizaciones contempladas en el artículo 33.4 del decreto 77/ 2001, de 1 de junio de 2001, de desarrollo de determinados aspectos de la ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB de 17-12-02)

Decreto 26/20002, de 22 de febrero, que modifica el Decreto 26/2002, de 22 de febrero, que desarrolla la Ley 772001, de 23 de abril, del impuesto sobre las estancias en empresas turísticas de alojamiento (BOIB de 23-12 02)

Ley 10/2002, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el año 2003 (BOIB 28-12-02).

Modifica los tipos de gravamen de cuantía fija de los tributos propios y otras prestaciones patrimoniales de carácter público de la Hacienda de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, mediante la aplicación del coeficiente 1,02 a la cuantía exigible en el año 2002.

Ley 11/2002, de 23 de diciembre, de medidas tributarias y de función pública y económicas (BOIB de 28-12-02)

Contiene las previsiones normativas en relación con los tributos cedidos que se concretan en deducciones sobre la cuota íntegra autonómica del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en la modificación del tipo de gravamen del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, en reducciones en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, en la fijación de la cuantía de la tasa fiscal sobare el juego. También crea, modifica y suprime determinadas tasas.

(Canarias)

Ley 13/2002, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2003 (3112-02).

Eleva los tipos impositivos de cuantía fija de las tasas de la Comunidad Autónoma de Canarias, hasta la cantidad que resulte de aplicar el coeficiente 1,02 a la cuantía exigible en el año 2002. Modifica los tipos de gravamen del Impuesto Especial de la Comunidad Autónoma de Canarias sobre combustibles derivados del petróleo. y los de la Tasa fiscal sobre los juegos de suerte, envite o azar.

Ley 51/2002, de 27 de diciembre, de reforma de la Ley 39/ 1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales (BOE28-12-2002)

Modifica algunos aspectos del Arbitrio sobre Importaciones y Entregas de Mercancías en Canarias.

(Cantabria)

Decreto 143/2002, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento de organización y régimen jurídico de las reclamaciones económico-administrativas que se susciten en el ámbito de la gestión económico-financiera de la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOCA de 19-12-02).

Este Reglamento constituye el desarrollo normativo de la competencia reconocida a la C.A., en el artículo 51 de su Estatuto de Autonomía para Cantabria, consistente en el conocimiento de las reclamaciones relativas a la gestión, recaudación, liquidación e inspección de sus propios tributos.

Orden de 11 de diciembre de 2002 regula la no exacción de liquidaciones de pequeñas cuantía practicadas por la Dirección General de Hacienda y por la Dirección General de Tesorería, Presupuestos y Patrimonio (BOC de Cantabria de 18-12-02)

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