La seguridad de la firma electrónica, consecuencias de su uso por un tercero

AutorJosé Manuel Rodríguez
CargoCMS Albiñana y Suárez de Lezo

En un tema de actualidad como es la seguridad de la firma electrónica, la lectura de esta obra resulta muy explicativa para conocer la naturaleza jurídica de la figura y los potenciales riesgos que entraña su utilización por un tercero.

Su actual regulación se encuentra en la Ley 59/2003, de 19 de Diciembre, la cual, en su artículo 3º establece que por firma electrónica debe entenderse cualquier "conjunto de datos en forma electrónica, consignados junto a otros o asociados con ellos, que pueden ser utilizados como medio de identificación del firmante" si bien dicha definición por sí sola no proporciona la necesaria confiabilidad que se espera de la firma electrónica, que debe dotar a los documentos electrónicos de algún sistema que le dote de eficacia, siendo al efecto el más extendido el de criptografía asimétrica o de clave pública, basado en la existencia de un par de claves, una privada y otra pública. La privada es conocida únicamente por su titular y se utiliza para la firma electrónica de los documentos, etc. La pública se utilizará para verificar los documentos firmados electrónicamente, de tal manera que si la verificación es positiva se obtendrá la garantía de la identidad del firmante y de la integridad del mensaje.

Así, la firma electrónica protege la confidencialidad y la seguridad de la información tanto enviada como recibida a través de Internet. Igualmente es un mecanismo que permite asegurar la integridad de los documentos enviados impidiendo su modificación y/o manipulación, de la misma manera que la seguridad de la firma electrónica se garantiza por medio de un complejo sistema de criptografía.

Las clases de firma electrónica previstas en la Ley 59/2003 son:

. Firma electrónica simple, definida como aquel conjunto de datos en forma electrónica, consignados junto a otros o asociados con ellos, que pueden ser utilizados como medio de identificación del firmante.

- Firma electrónica avanzada, que es la que permite identificar al firmante y comprobar la integridad de los datos firmados, por estar vinculada al firmante de manera exclusiva y a los datos a que se refiere y por haber sido creada por medios que éste puede mantener bajo su exclusivo control.

. Firma electrónica reconocida, la firma electrónica avanzada basada en un certificado reconocido y generada mediante un dispositivo seguro de creación de firma, reconociéndosele igual valor jurídico que a la firma manuscrita.

Estas definiciones, confusas e incluso erróneas...

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