Comunicación de seguimiento del Libro Verde sobre la protección de los consumidores en la UE

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COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN

Resumen

El Libro Verde 1, adoptado en octubre de 2001, establece una serie de opciones y preguntas sobre el futuro de la regulación y la aplicación de la protección de los consumidores. En particular, el Libro Verde plantea la idea de elaborar una directiva marco sobre prácticas comerciales leales. Asimismo, sugiere la creación de un instrumento jurídico para facilitar la cooperación entre las autoridades encargadas de la aplicación de la legislación.

El Libro Verde provocó una amplia respuesta de las empresas, de las organizaciones de consumidores y de los gobiernos y organismos nacionales. En conjunto, las ideas en él expuestas fueron bien acogidas por parte de las personas que respondieron, si bien no todas recibieron el apoyo de todos los grupos. La consulta reveló un amplio consenso en torno a los siguientes aspectos:

* Una mayoría de los consultados acepta la necesidad de una reforma de la legislación comunitaria en materia de protección de los consumidores. La situación actual frena el desarrollo del mercado interior para los consumidores y las empresas.

* Una mayoría de los consultados que expresaron una preferencia está a favor de una reforma basada en una directiva marco. La mayoría de los que manifestaron su preferencia indicó que la directiva marco debería basarse en las prácticas comerciales leales.

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* Una gran mayoría de los que señalaron su opinión apoya la idea de la Comisión de crear un instrumento jurídico para la cooperación entre los organismos nacionales encargados de la protección de los consumidores.

El Consejo pidió a la Comisión que diera prioridad al seguimiento del Libro Verde. La respuesta a la consulta ha supuesto también un apoyo claro a la Comisión para elaborar una propuesta de directiva marco, aunque antes de presentar una propuesta será necesario proceder a consultas más pormenorizadas. En consecuencia, la presente comunicación establece un plan de acción para la realización de nuevas consultas en colaboración con los Estados miembros y las partes interesadas, Como primera medida, en el anexo 1 se adjunta un resumen de las cuestiones que deberán abordarse en la directiva marco, que se completará en su momento con documentos de consulta más detallados.

Estas iniciativas son totalmente coherentes y compatibles con las políticas comunitarias actuales, tales como la política de la Comisión en el sector audiovisual [en particular, la Directiva sobre televisión sin fronteras 2] y su política sobre las comunicaciones comerciales y el seguimiento de la estrategia de la Comisión para el mercado interior de los servicios.

Mientras tanto, las reacciones a la presente Comunicación serán bienvenidas, y deberán enviarse a la Comisión antes del 30 de septiembre de 2002. Todos los comentarios deberán enviarse por correo electrónico a la dirección: consultsanco@cec.eu.int; asimismo, podrán remitirse copias en papel a la siguiente dirección:

Comisión Europea

DG Sanidad y Protección de los Consumidores

F101 06/52

B-1049 Bruselas

Por otra parte, los servicios de la Comisión comenzarán a elaborar una propuesta para la creación de un instrumento jurídico sobre la cooperación en el ámbito de la aplicación de la reglamentación, consultando informalmente a los gobiernos nacionales y las autoridades responsables de la aplicación más directamente interesadas, con el fin de adoptar una propuesta para finales de 2002.

I Introducción

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  1. El Libro Verde planteaba como argumento central que la fragmentación de las normas nacionales y comunitarias relativas a la protección de los consumidores impide el funcionamiento adecuado del mercado interior para las transacciones entre las empresas y los consumidores. Asimismo, detectaba barreras que minan la confianza de los consumidores en lo que se refiere a las compras transfronterizas y ejercen un efecto disuasorio sobre las empresas que se plantean vender más allá de sus fronteras y establecerse en varios Estados miembros. Afirmaba también que no se ha conseguido materializar el potencial que encierra el mercado interior para estimular la competencia y beneficiar a los consumidores. Para lograr una mayor armonización, el Libro Verde proponía optar entre un enfoque específico (consistente en la adopción de una serie de nuevas medidas verticales de armonización) y un enfoque mixto, compuesto por una directiva marco sobre prácticas comerciales completada, en caso necesario, con medidas sectoriales.

  2. El Libro Verde sugería, asimismo, que se otorgara un papel importante a los códigos de conducta a escala de la Unión Europea, amparados en una directiva marco. A este respecto, sugería también que se definiera como práctica desleal el incumplimiento de los compromisos asumidos voluntariamente, y recogidos en códigos de conducta, en lo que se refiere a las prácticas comerciales. Asimismo, sugería que sean las propias asociaciones las que se encarguen de velar por que sus códigos de conducta se ajusten a la legislación, pero que no pueda considerárselas responsables del incumplimiento de sus códigos por parte de los miembros.

  3. El Libro Verde consultaba sobre la cuestión de si deberían elaborarse orientaciones prácticas no obligatorias, recogidas en listas redactadas por un comité regulador de los Estados miembros presidido por la Comisión, o bien en forma de recomendaciones de la Comisión. Las orientaciones podrían servir de guía a los organismos nacionales de aplicación y reducir así el riesgo de fragmentación, garantizando un planteamiento común. El Libro Verde sugería asimismo que el Comité podría encargar a las empresas y a las organizaciones de consumidores que negocien las orientaciones no obligatorias mediante la participación de las partes interesadas. Por último, el Libro Verde proponía la creación de un marco jurídico para la cooperación entre los organismos públicos.

  4. El período de consulta concluyó el 15 de enero de 2002. El 7 de diciembre de 2001 se celebró en Bruselas una audiencia pública sobre el Libro Verde, a la que asistieron más de 200 participantes 3.

  5. En sus conclusiones destinadas a la preparación del Consejo Europeo de Barcelona, el Consejo de Mercado Interior pedía que se diera prioridad al seguimiento del Libro Verde 4.

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II Resumen de las respuestas
  1. El Libro Verde ha despertado un gran interés, y se han recibido 169 respuestas 5, la mayoría de ellas procedentes de organizaciones empresariales (el cuadro adjunto (anexo II) recoge un desglose detallado de las respuestas). Sin embargo, la respuesta a la consulta no fue equilibrada desde el punto de vista geográfico. Todos los Estados miembros respondieron a la consulta. En lo que respecta a las instituciones de la UE, el Comité Económico y Social formuló un dictamen 6 que apoya, en líneas generales, el enfoque mixto apuntado en el Libro Verde, pero pide una mayor clarificación.

Necesidad de la reforma
  1. Las respuestas al Libro Verde se encuentran divididas en cuanto a la necesidad de la reforma, pero la mayoría de las que expresan una postura clara (114 de un total de 141) coincide con el análisis de la Comisión. Todos los Estados miembros, con una excepción, convienen en que es necesaria una reforma. Dos Estados miembros sólo aceptan la necesidad de reformar las directivas comunitarias existentes. Las asociaciones empresariales y las empresas que han contestado se dividen de forma equilibrada. Un grupo importante (36), y la mayor parte de las empresas multinacionales que respondieron (8), confirma este análisis. Algunas de ellas aportan ejemplos de obstáculos, otras argumentan que la incoherencia entre las disposiciones nacionales de transposición de las directivas de protección de los consumidores que contienen cláusulas mínimas constituyen también una barrera considerable.

  2. Otro importante grupo de asociaciones de empresas (24 respuestas) afirma que no hay pruebas que apoyen este análisis. Solicitan más información sobre las actitudes frente al comercio transfronterizo en general y el papel que tiene la defensa de los consumidores en dichas actitudes. Algunas de las empresas de este grupo son menos escépticas que otras, es decir, afirman estar dispuestas a cambiar de opinión si se les aportan más pruebas. Para otras, el factor determinante es la naturaleza de cualquier propuesta jurídica. 17 asociaciones empresariales y tres empresas no han manifestado una posición clara en uno u otro sentido.

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  3. Una neta mayoría (30...

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