El secreto industrial. Concepto y protección, de José Antonio Gómez Segade.

AutorCarlos Marín Albornoz
Páginas1026-1029

    GÓMEZ SEGADE, JOSÉ ANTONIO: El secreto industrial. Concepto y protección. Editorial Tecnos. Madrid, 1974.

La obra consta de 411 páginas, con tres partes precedidas de un prólogo firmado por Carlos Fernández-Novoa, en el que se pone de manifiesto la notable trascendencia del tema, tanto en el terreno económico como en la esfera jurídica.

En nota preliminar hace saber que el libro aborda el estudio de un acto de competencia desleal: la violación de secretos industriales, limitándose a reflejar su protección en el marco de la disciplina de la competencia desleal y dejando al margen de su consideración el análisis de otros problemas, por ejemplo el régimen jurídico de los contratos de transmisión del secreto industrial.

El trabajo está dividido en tres partes. En las dos primeras se intenta conseguir un concepto del secreto industrial mediante el examen de su estructura y de los requisitos para su existencia, valiéndose en general de la doctrina y jurisprudencia extranjera (europea y americana). En la Page 1027 tercera parte, después de unas nociones generales, se analiza la protección del secreto, mediante las normas contra la competencia desleal, en tres ordenamientos, pues dada la variedad legislativa era preciso limitarse a ordenamientos concretos, seleccionando, a este efecto, los de Alemania, Francia e Italia.

En el libro se presta también especial atención al examen de la jurisprudencia porque, en definitiva, siempre nos acerca más al derecho vivo que las especulaciones teóricas, advirtiendo que la doctrina y jurisprudencia han sido examinadas esencialmente hasta diciembre de 1972.

En la parte primera, antes de fijar el concepto de lo que inicialmente llama secreto industrial, considera conveniente determinar qué se entiende por secreto en el lenguaje ordinario.

Enunciando en términos generales el concepto del secreto, es imprescindible comenzar a matizarlo por exigencias de la ciencia del derecho, llevándole la primera matización a distinguir entre secretos absolutos y relativos, y dentro de estos últimos habla de secretos voluntarios y secretos accidentales.

Pues bien, en la esfera jurídica sólo tienen relevancia los llamados secretos relativos voluntarios, o sea, aquellos que designan un saber que permanece oculto a ciertas personas, porque los conocedores del mismo ponen conscientemente obstáculos para impedir el conocimiento por parte de los demás, y a ellos son a los que precisamente se refiere el autor en su obra, aunque utilice simplemente la palabra secreto.

Al autor le interesan, en esta obra, sólo los secretos relativos a la gestión de una empresa o establecimiento industrial, cuya primera cuestión planteada es la de su denominación, tanto en la esfera del derecho comparado como en el derecho español.

En ellos distingue tres grupos claramente diferenciados: a) los atinentes al sector técnico industrial de la empresa; b) los relativos al sector puramente comercial, y c) los concernientes a otros aspectos de la organización interna de las empresas y relaciones de la misma, cuyo conocimiento sería valioso para los competidores, pero que en ningún caso representan un bien en sí mismos.

Su...

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