¿Estamos satisfechos los abogados con la fase de conclusiones en el proceso civil?
Autor | Lluís Muñoz Sabaté |
Cargo del Autor | Abogado. Profesor Titular de Derecho Procesal Universidad de Barcelona |
Páginas | 403-404 |
Page 403
Oí el otro día a una juez, advertir en fase ya de conclusiones, que el abogado informante procurara concluir brevemente, pues había otro asunto esperando.
Hay una cuestión que pienso no puede silenciarse por más tiempo, cual es el desamparo temporal y la sensación de superficialidad que despierta en algunos juicios el acto de conclusiones en el proceso civil, tanto en el ordinario como en el verbal, con la particularidad en este último que al no estar expresamente reglado, hay pretorios donde se agarran como agua de mayo a este olvido del legislador por más complejo y lacerante para el justiciable que pueda resultar el proceso. Justo es reconocer que otros jueces, en cambio, agradecen sobremanera esa oportunidad.
No negaré que algunos abogados prodigan en el acto de conclusiones una verborrea puramente narcisista, redundante o desorientada que es la base para que los jueces construyan después sus propias vivencias acerca del acto, pero la ineptitud o incapacidad de unos y otros no es aquí un fenómeno neutralizante sino un aviso para que la norma que lo regula incorpore otros materiales.
Estimo que no hemos acabado de comprender que las conclusiones constituyen precisamente el más importante y definitivo espacio de la dialéctica procesal en los casos en que anda en juego (y son bastantes) uno o varios juicios de hecho; hechos cuya fijación ha tenido lugar escasos momentos antes y que deben ser inter-pretados y valorados tras una trabajosa manipulación de la «masa de prueba» (Wig-more) situada en una «intrincada selva» (Gianturco) para cuyo despeje se requiere una argumentación que no puede improvisarse, y menos en una atmósfera procesal donde reina la impaciencia o la fatiga escondidos tras un gesto hostil. En condiciones así zozobran incluso los más cartesianos.
Me vienen a este respecto unas palabras de uno de los más grandes probatoristas anglosajones, Alex M. Buerill, en su Treatise on...
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