Rodríguez Guitián, Alma María: El Derecho al honor de las personas jurídicas, ed. Motecorvo, Madrid, 1996, pp. 340.

AutorGema Díez-Picazo Giménez
Páginas315-316

Page 315

Hay que subrayar desde el principio que no estamos en presencia de «otra monografía más» acerca del derecho al honor de las personas jurídicas, sino que se trata de una obra eminentemente práctica que no se pierde en las profundidades de las teorías construidas hasta el día de hoy acerca del concepto y la naturaleza jurídica de la persona jurídica, ni en discusiones doctrinales acerca de la función del derecho al honor de este tipo de entes jurídicos. Ahora bien, afirmar el pragmatismo de esta obra no quiere decir que sea simplista, sino que prima más la visión tópica que la dogmática. En este sentido, hay que agradecerle a su autora que haya planteado en sus justos términos los problemas que este derecho fundamental provoca al intentar otorgar su titularidad a las personas jurídicas y que se haya decantado de manera razonada por una solución propia.

Las personas jurídicas ¿son titulares del derecho fundamental al honor o detentan un bien jurídico parecido pero de naturaleza jurídica distinta? El interrogante no es baladí, puesto que de la respuesta que se ofrezca depende la aplicación de los diversos sistemas de protección frente a las lesiones que en este orden puedan sufrir. Sin embargo, en este punto, la autora hace una advertencia clara: plantearse esta cuestión únicamente tiene sentido si la LO 1/1982, de 5 de mayo, constituye un régimen realmente privilegiado de protección al honor, porque en caso de que sea un mero desarrollo de la responsabilidad civil del artículo 1902 CC no merece la pena cuestionarse que los entes personificados ostenten la titularidad del derecho al honor del artículo 18.1 CE, ya que prácticamente daría lo mismo que la protección se realizase por una u otra vía si las diferencias entre ellas no son esenciales.

Pues bien, en el primer capítulo tras llevar a cabo un análisis histórico de la protección de los derechos de la personalidad, se revisa el conjunto de teorías que se han elaborado en torno a la titularidad del honor de las personas jurídicas (teoría de la ficción, teoría organicista, tesis revisionistas). En este punto, la autora critica motivadamente el hecho de que la mayoría de ellas haya partido del concepto de persona jurídica, oscuro desde todos los puntos de vista, y no se hayan intentado resolver los problemas desde el concepto mismo de derecho al honor. A su juicio, no se puede resolver el problema planteado desde el exclusivo punto de vista del concepto de persona jurídica, puesto...

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