Revistas Extranjeras

Páginas2023-2066

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Remedios ARANDA RODRÍGUEZ, Rosario DÍAZ ROMERO, Beatriz FERNÁNDEZ GREGORACI, María Paz GARCÍA RUBIO, Martín GARCÍA-RIPOLL, Alma RODRÍGUEZ GUITIÁN, Albert RUDA GONZÁLEZ, Jordi RIBOT IGUALADA, isabel SIERRA PÉREZ, Josep SOLÉ FELIU, Belén TRIGO GARCÍA

Derecho civil
Parte general

Amrani-Mekki, S.: «Liberté, simplicité, efficacité, la nouvelle devise de la prescription?; À propos de la loi du 17 juin 2008», SJ, 2008, núm. 27, p. 160.

La ley núm. 2008-561, de 17 de junio de 2008, reforma el derecho de la prescripción con el objetivo de simplificar y de modernizar el régimen. La duración de derecho común se reduce (cinco años) con un inicio variable y una fecha tope (veinte años) que garantiza la seguridad jurídica. Impregnada de liberalismo, refuerza el papel desempeñado por las partes en su adaptación de las duraciones y del cómputo de los plazos. Las causas de suspensión son extendidas para tener en cuenta las necesidades de la práctica. Se plantean tantos aspectos seductores de la reforma que dan con todo una falsa apariencia de simplicidad. (I. S. P.)

Basedow, J.: «Der Grundsatz der Nichtdiskriminierung im europäischen Privatrecht», ZEUP, núm. 2, 2008, pp. 230-251.

El principio de no discriminación en Derecho privado europeo. Hasta ahora se consideraba como consecuencia lógica de la autonomía de la voluntad en Derecho privado, la libertad de contratar con quien se quisiera, sin tener que dar razones al respecto. Sin embargo, esta situación va cambiando poco a poco, aunque de momento no puede hablarse en Derecho comunitario europeo de un principio de no discriminación con efectos inmediatos horizontales. (M. G.-R.)

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Bell, A. P.: «Abuse of Relationship: Undue Influence in English Law and French Law», ERPL, núm. 4, 2007, pp. 555-599.

El trabajo compara la protección frente al abuso de relación (abuse of relationship) que suministran el Derecho inglés y francés, cuando una de las partes pone su confianza en la otra o está sujeta a la autoridad de esa otra. Se centra en el Derecho inglés de la influencia indebida (undue influence), tal como se aplica a los contratos, a las donaciones y a las atribuciones testamentarias. (M. G.-R.)

Berlinguer, A.: «The Italian Road to Trusts», ERPL, núm. 4, 2007, pp. 533-553.

Se indica por el autor que no hay en Derecho italiano reglas sistemáticas exhaustivas sobre el anglosajón trust que den lugar a dificultades considerables para la aplicación de esta figura del common law. No obstante, tropieza con algunos principios de la tradición del Derecho continental, en especial, la responsabilidad del deudor. Aun así, se están haciendo grandes esfuerzos doctrinales y legales en Italia para admitir figuras que, de alguna manera, puedan realizar algunas de las funciones del trust. (M. G.-R.)

Brouwer, B./Hage, J.: «Basic Concepts of European Private Law», ERPL, núm. 1, 2007, pp. 3-26.

Artículo de filosofía del Derecho, que intenta exponer una serie de términos esenciales a todo ordenamiento jurídico europeo, que los autores centran en los conceptos de «deber de cumplimiento» y «competencia» o «capacidad», ilustrados a su vez a propósito de los conceptos «negocio dispositivo» y «negocio obligacional», así como la independencia entre ellos. Además, tales conceptos se consideran no relacionales, a diferencia de la opinión de otro sector doctrinal. (M. G.-R.)

Rolli, R.: «Il "codice" e i "codici" nella moderna esperienza giuridica: il modello del codice del consumo», CI, 2007, núm. 6, pp. 1496-1532.

El Código de Consumo italiano como "código de sector": ¿descodificación o recodificación del Derecho privado? El nuevo sistema de codificación en las relaciones entre el Código civil y el Código de consumo. (Alma R. G.)

Van Hedel, H.: «Towards a European Ius Commune - What Lessons Can We Learn From Quebec's Mixed Legal System?», ERPL, núm. 5, 2007, pp. 685-705.

Estudio sobre cómo Québec adoptó el concepto de trust del common law, así como la doctrina de la unconscionability, con el propósito de adaptar un sistema continental a algunas figuras básicas de un sistema anglosajón. Sobre esta base, se plantea la autora si y cómo es posible que los sistemas continental europeos puedan aceptar conceptos del common law sin perder su coherencia y cohesión interna. (M. G.-R.)

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Derecho de la persona

Auvret, P.: «Le roman-realité devant la Cour européenne des droits de l'homme (CEDH, 22 octobre 2007)», GP, 2008, núm. 191-192, pp. 7-22.

Estudio a propósito de la sentencia de la corte europea de derechos humanos en el asunto Lindon et Otchakovsky-Laurens c/France et Juli c/ France. Libertad de prensa y libertad artística, límites y sanciones. (I. S. P.)

Bausch, St./Kohlmann, K.: «Die erklärte Spendenbereitschaft als verfassungrechtlich zulässiges Kriterium der Organallokation», NJW, 2008, núm. 22, pp. 1562-1567.

Los autores presentan en este artículo las nuevas normas de la Ley de trasplantes de órganos introducidas por la Ley sobre la cualidad y la seguridad de los tejidos y células humanos. Se preguntan los autores si la disposición a donar ahora reconocida en la Ley puede ser implementada como una forma constitucionalmente legítima que sirva de nuevo criterio para la donación de órganos en la Ley de trasplantes. (M. P. G. R.)

Bigot, Ch.: «Le droit de réponse relatif aux services de communication en ligne après lèntrée en vigueur du décret núm. 2007-1527 du 24 octobre 2007», GP, 2008, núm. 191-192, pp. 2-6.

Análisis de las condiciones de aplicación, modos y publicación de este derecho. (R. A. R.)

Böhm, M.: «Umfang und Grenzen eines europäischen Verbots der Altersdiskriminierung im deutschen Recht», JZ, 2008, núm. 7, p. 324.

La autora se plantea en qué medida una prohibición europea de discriminación por razón de edad resulta aplicable en el Derecho alemán. (B. T. G.)

Byk, C.: «Biométrie et Constitution: est-il déjà trop taRD pour les libertés publiques?», SJ, 2008, núm. 25, p. 154.

La preocupación colectiva de seguridad conduce a un desarrollo rápido de la biométrica. ¿Los mecanismos existentes de protección de los datos son suficientes por lo tanto para garantizar un justo equilibrio entre el respeto de la vida privada y la seguridad sin recurrir a un refuerzo de la protección constitucional? (I. S. P.)

Durante, V.: «Il "Caso Allievi": la diffamazione tra libert-a di ricerca scientifica e libert-a di critica politica», NGCC, 2007, núm. 12, pp. 1420-1428.

Comentario jurisprudencial sobre los límites del derecho de información y del derecho de crítica. (Alma R. G.)

Edelman, B.: «La Cour européenne des droits de l'homme: une jurisdiction tyrannique?», RD, 2008, núm. 28, pp. 1946-1953.

Problemas de tiranía en el Tribunal Europeo de Derechos humanos ante la aplicación de la Convención. ¿Es posible? (I. S. P.)

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Galizia Danovi, A.: «L'interruzione della vita tra volont-a e diritto», DFP, 2008, núm. 1, pp. 131-138.

Comentario jurisprudencial acerca de una tema de gran repercusión ética y jurídica: se discute, en primer lugar, sobre el derecho de pedir y obtener una interrupción de los cuidados médicos invasivos que prolongan la vida en caso de estado vegetativo permanente; en segundo lugar, sobre el derecho del tutor de elegir la interrupción de la vida ante la imposibilidad de expresión del incapaz enfermo y, por último, sobre las consecuencias jurídicas, éticas y médicas que, de modo inevitable, lleva consigo la elección que debe realizar el tutor. (Alma R. G.)

Gazzoni, F.: «Sancho Panza in cassazione (come si riscrive la norma sull'eutanasia, in spregio al principio della divisione dei poteri)», DFP, 2008, núm. 1, pp. 107-131.

Comentario jurisprudencial sobre la decisión de interrumpir la vida de un enfermo en estado vegetativo permanente. (Alma R. G.)

Geslot, Ch: «Prostitution, dignité...Par ici la monnaie!», RD, 2008, núm. 19, pp. 1292-1299.

Prostitución como actividad contraria a los derechos fundamentales y a la dignidad de la persona. Los problemas de su fiscalización. Situación tras el caso "Tremblay" de 11 de septiembre de 2007. (I. S. P.)

Kutscha, M.: «Mehr Schutz von Computerdaten durch ein neues Grundrecht?», NJW, 2008, núm. 15, pp. 1042-1044.

A raíz de una decisión del BVerfG de 27 de febrero de 2008, el autor de este artículo se pregunta si se ha incrementado la protección de los datos computerizados a través del reconocimiento de un nuevo derecho fundamental. (M. P. G. R.)

Mbongo, P.: «Droit au juge et préeminence du droit: bréviaire processualiste de l'exception d'inconstitutionnalité», RD, 2008, núm. 30, pp. 2089-2096.

Análisis sobre la naturaleza jurídica de la excepción de insconstitucionalidad. Función del abogado en la interposición de dicha excepción. (I. S. P.)

O'Callaghan, P.: «Reversing Ubi Remedium Ibi Jus in the Common Law: The Right of Privacy», ERPL, núm. 5, 2007, pp. 659-683.

El artículo compara el sistema inglés con el irlandés; en cuanto el primero se centra más en la protección procesal, que es la que hace nacer el derecho, mientras que en el segundo más bien es el Derecho el que hace nacer la protección procesal. El autor aplica estas ideas al derecho fundamental a la intimidad, reconocido en la Constitución irlandesa, y que tiene, por tanto, efecto horizontal; y se plantea si estos principios podrían ser aplicables por los tribunales ingleses. (M. G.-R.)

Santosuosso, A.: «La volont-a oltre la coscienza: la Cassazione e lo stato vegetativo», NGCC, 2008, núm. 1, pp. 1-10.

Artículo sobre los derechos de los pacientes y los deberes de los profesionales sanitarios respecto al...

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