Revistas Extranjeras

AutorRemedios Aranda Rodríguez
Páginas1643-1688

    Josep Maria BECH SERRAT, María del Rosario DÍAZ ROMERO, María Paz GARCÍA RUBIO, Isabel GONZÁLEZ PACANOWSKA, Carmen JEREZ DELGADO, Alma RODRÍGUEZ GUITIÁN, Albert RUDA GONZÁLEZ, Isabel SIERRA PÉREZ

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I Derecho civil
1. Parte general

Albisetti, A.: «Notazioni canonistiche in tema di ermeneutica giurisprudenziale», NGCC, 1999, núm. 1, pp. 1-3.

Comentario a un artículo de Alpa sobre el recurso a la analogía en la jurisprudencia. (Alma R. G.)

Attas, Chr.: «Le Code civil nouveau», RDS, 1999, núm. 18, p. chr. 200. Función de la codificación en Francia en el nuevo siglo XXI. (R. A. R.)

Beulhien, V.: «Gibt es eine organschaftliche Stellvertretung?», NJW, 1999, pp. 1142-1146.

¿Existe una representación orgánica?

El autor de este artículo plantea una importante cuestión conceptual. De consideraciones históricas y, sobre todo, sistemáticas deriva que el término «representación orgánica» es incorrecto. (M. P. G. R.)

Bruns, A.: «Der anerkennungsrechtliche order public in Europa und den USA», JZ, 1999, pp. 278-287.

El orden público en el reconocimiento (de resoluciones extranjeras) en Europa y en USA.

La contribución se muestra crítica con la reciente propuesta de la Comisión europea sobre derogación del orden público como mecanismo de oposición al reconocimiento de resoluciones extranjeras. Después de una panorámica sobre su difusión en Europa y en USA se comprueba que el control del orden público autónomo por los órganos judiciales en el interior de la Unión Europea, debe ser mantenido. (M. P. G. R.)Page 1644

Chiarloni, S.: «Declamazione dei diritti e amministrazione della giustizia: una relazione difficile», NGCC, 1999, núm. 1, pp. 19-25.

Artículo acerca de si el Derecho positivo vigente en un determinado ordenamiento responde o no a criterios de justicia. (Alma R. G.)

Darmon, M.: «Cour de cassation et primauté du droit communautaire, quelques réflexions á propós de l'arrét Société Pontoizeau du 20 octobre 1998», GP, 1999, núms. 162-163, pp. 4-6. (I. S. P.)

Giacalone, G.: «Declaratoria di incostituzionalitá e status personali -nota a Cass., sez. un., 27 novembre 1998 n. 12061», GC, 1999, núm. 2, pp. 402-405. (M. R. D. R.)

Gridel, J. P.: «Déclin des spécifités françaises et éventuel retour d'un droit commun européen», RDS, 1999, núm. 13, pp. chr. 139-146.

El autor estudia el retorno a la inspiración nacional del Derecho: fuentes formales y esquemas conceptuales. Posteriormente, atiende a la alteración de las instituciones nacionales y lo relaciona con las reminiscencias históricas, para ver el contenido del derecho europeo fundamental. (R. A. R.)

Lücke, J.: «Die Drittwirkung der Grundrechte an Hand des Art. 19. abs. 3 GG», JZ, 1999, pp. 377-384.

La Drittwirkung de los derechos fundamentales de la mano del artículo 19.3 de la Ley Fundamental.

La eficacia horizontal de los derechos fundamentales lleva al artículo 19.3 de la Ley Fundamental que declara aplicables los derechos fundamentales a las personas jurídicas en la medida en que sea posible su aplicación. Este precepto representa no sólo una habilitación de los derechos fundamentales, sino que al mismo tiempo establece un deber de respeto a los derechos fundamentales entre sujetos privados «en la medida en que le sean aplicables». (M. P. G. R.)

Lupoi, M.: «L'interesse per la giurisprudenza: é tutto oro?», CI, 1999, núm. 1, pp. 234-262.

Interpretación de la sentencia como tal y de la sentencia como precedente. Máximas de jurisprudencia. La ratio decidendi y el obiter dictum. Sentencias-regla, sentencias-caso y sentencias inútiles. (Alma R. G.)

Markesinis, B.: «Privacy, Freedom of Expression, and the Horizontal Effect of the Human Rights Bill: Lessons from Germany», L. Q. R., 1999, vol. 115, pp. 47-88.

Estudio sobre la eficacia horizontal de los derechos fundamentales de libertad de expresión e intimidad. El trabajo presta especial atención a la doctrina y jurisprudencia alemanas. (J. M. B. S.)

Martín, R.: «Les mots du droits et les choses d'ailleurs», RDS, 1999, núm. 21, pp. chr. 231-232.

Breve reflexión sobre el lenguaje jurídico. (R. A. R.)Page 1645

Note: «Privacy, Technology, and the California "Anti-Paparazzi" Statute», Harv. L Rev., 1999, vol. 112, núm. 6, pp. 1367-1384.

La Ley californiana «Antipaparazzi» entró en vigor el 29 de septiembre de 1998. La ley amplía la esfera de protección del derecho a la intimidad personal y familiar para hacer frente a intromisiones originadas por el uso de nuevas tecnologías en los medios de comunicación. (J. M. B. S.)

Rensmann, Th.: «Reformdruck und Vertrauensschutz», JZ, 1999, pp. 168-175.

Presión reformadora y protección de la confianza.

Nuevas tendencias en la dogmática de la retroactividad del Tribunal Constitucional alemán. (M. P. G. R.)

Roto, H.: «EG-Richtlinien und Bürgerliches Recht», JZ, 1999, pp. 529-538.

Directivas comunitarias y Derecho civil.

El Derecho secundario de protección del consumidor de la CEE supone muchas veces un retroceso de la autonomía privada. El Derecho de las Directivas se funda en la presuposición de una situación de desigualdad entre las partes, con el consumidor como parte débil. Éste es el criterio que diferencia las relaciones comerciales entre profesionales y privados. La vinculación de este modelo al «consumidor» se basa en una dudosa hipótesis y conduce a la construcción de un derecho privado especial en materia de daños, con un ámbito no muy definido en el campo contractual. Problemas especiales se plantean en relación con las condiciones generales de los contratos. (M P. G. R.)

Vick, D. W./Macpherson, L./Cooper, S.: «Universities, Defamation and the Internet», Mod. L. Rev., 1999, vol. 62, núm. 1, pp. 58-78.

Estudio sobre la posible responsabilidad de las universidades por el daño causado por la difusión de material difamatorio mediante sus servidores de Internet. Examen de las políticas adoptadas por algunas universidades británicas al respecto y de su eventual conflicto con la libertad de expresión. (A. R. G.)

2. Derecho de la persona

Balestriero, V.: «La situation de l'enfant mortné», RDS, 1999, núm. 8, pp. chr. 81-84.

Análisis del problema desde el punto de vista del estado civil. El Derecho funerario. (R. A. R.)

Bellini, V.: «La definitiva lettura dei limiti della differenza d'etá per l'adozione dei minori», NLCC, 1998, núms. 5-6, pp. 1124-1153.

Comentario a la Sentencia de la Corte constitucional de 28 setiembre 1998, n. 349, integrada en la línea jurisprudencial constitucional que evoluciona en aras de superar la rigidez normativa en tema de diferencia de edad mínima y máxima entre adoptante y adoptado, cifrada por el artículo 6.2 de la 1.4 maggio 1983, n. 184, entre 18 y 40 años. (M. R. D. R.)Page 1646

Bersi, M.: «Incapacita naturale e senilitá», NGCC, 1999, núm. 1, pp. 49-58.

Incapacidad de entender y querer en la edad senil, sobre todo en materia contractual. (Alma R. G.)

Bolling, D.: «Diffamation, prescription et suspensión toujours moins...!», GP, 1999, núms. 171-173, pp. 2-3.

Interrupción de la prescripción y su suspensión. Nueva forma de interpretar los textos según la evolución jurisprudencial. (I. S. P)

Caló, E.: «Sulla liberta del consenso informato», RTDPC, 1999, núm. 1, pp. 227-232.

Breve reflexión en torno a la Ley 31 dicembre 1996, n. 675, de «tutela delle persone e d'altri soggetti rispetto al trattamento dei dati personali», sobre la disponibilidad y sus límites de los derechos fudamentales. (M. R. D. R.)

Cassano, G.: «Soluzioni controverse di casi concernenti i diritti della personalitá nelle trasmissioni televisive», DFP, 1999, núm. 1, pp. 141-157.

Comentario a la ordenanza del Tribunal de Roma de 21 de noviembre de 1996 sobre el conflicto entre el derecho de libertad de información de un medio y el derecho al honor y a la vida privada de un preso, a raíz de la difusión en un programa televisivo del crimen por él cometido veinte años antes. (Alma R. G.)

Ciacci, G.: «Internet e il diritto a la riservatezza», RTDPC, 1999, núm. 1, pp. 233-252.

Tutela del derecho a la intimidad en documentos, correspondencia, comunicación y tratamiento de datos personales, en el sistema de Internet, en relación a la disciplina introducida por las leyes 13 maggio 1998, n. 171, 31 dicembre 1996, n. 675 y dlgs. 9 maggio 1997, n. 123. (M. R. D. R.)

Cirillo, F. M.: «La fecondacione artificiale eterologa ed il rapporto di paternitá, nella filiazione legittima ed in quella naturale», RDC, 1998, núm. 6, parte segunda, pp. 661-680.

La incerteza normativa en torno al grave problema de la fecundación artificial y las relaciones paterno filiales, según se produzca entre cónyuges, parejas de hecho, o fuera de una relación de convivencia more uxorio. Filiación legítima o natural, desde el punto de vista de los intereses del menor. (M. R. D. R.)

De Siervo, V.: «Diritto all'informazione e tutela dei dati personali», FI, 1999, vol. 3,pp. 66-71.

Artículo dedicado a la nueva legislación sobre la tutela de los datos personales y los instrumentos de manifestación del pensamiento. (Alma R. G.)

Denoix de Saint Marc, S.: «Les facultes conventionnelles ou légales de s'affranchir du contrat de commande», RIDA, núm. 179, enero 1999, pp. 3-77.

En materia de encargos de obras de arte, puede no coincidir lo deseado y encargado con el resultado de la prestación, lo que conduciría a la insatisfacción del contratante. Las circunstancias peculiares de este tipo de contratos determinan la facultad del autor de conservar el derecho de hacer pública la obra, así como el derecho de quien la encarga a...

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