Revista de revistas jurídicas

AutorHermenegildo Gómez
CargoAbogado
Páginas692-695

Page 692

La relación entre el principio de la autonomía, de la voluntad y el princípio de la libertad de contratación, por B. T. Blagoyevitch. (Revue Genérale du Droit, de la Législation el de la Jurisprudence. Año 1935, página 21 y siguientes.)

Si el Derecho debe estar de acuerdo con las necesidades de las relaciones de la vida, las cuales siguen la ley natural y general de la dinámica, que se modifican, desarrollan y evolucionan, precisa deducir que el mismo experimenta las evoluciones citadas. Basta observar, v. gr., la propiedad, en la cual del poder ilimitado se pasa a las limitaciones de hecho y de derecho, la teoría del abuso del derecho y la propiedad considerada como función. Respecto a la capacidad jurídica de la mujer casada en el primitivo Derecho, la esposa era asimilada al esclavo, es decir, a una cosa, y hoy se ha transformado existiendo una igualdad jurídica completa de los esposos, tanto en lo que se refiere a la capacidad de goce, como de ejercicio, a la igualdad completa del estado jurídico de la esposa y del esposo, tanto en el Derecho privado como en el Derecho público.

Sin embargo, algunos autores (Planiol, Bonnecase) creen que las obligaciones representan la parte inmutable del Derecho, puesto que habiendo sido elaborada con un gran espíritu de continuidad y una lógica rigurosa, por los jurisconsultos romanos, encierran en sí disposiciones aplicables a todos los casos que se ocasionen en el presente y en el porvenir. El autor cree no es exacta esta tesis, y lo prueba con la existencia, en el momento actual, de instituciones desconocidas por el Derecho romano y por el Derecho del siglo pasado ; el riesgo, los contratos colectivos, los contratos en beneficio de tercera persona, etc., y aun las instituciones que existían, han adquirido una nueva modalidad.

Y en esta transformación de las instituciones y de las ideas ocupan un lugar especial el problema de la autonomía de la voluntad y de la libertad de contratación, que se han desarrollado paralelamente a las concepciones individualistas y sociales de la época. El principio de la autonomía de la voluntad es consecuencia de las concepciones individualistas de la escuela racionalista y que se introdujo en el Derecho positivo durante la Revolución francesa.Page 693

Oponiendo el individuo a la colectividad, ha opuesto, en principio, la voluntad individual a la voluntad general, reconociendo su acción, no sólo en los límites de la Ley, sino donde ésta no la ha regulado...

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