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AutorRedacción
Páginas404-432
REVISTA DE DERECHO URBANÍSTICO Número 221 (Noviembre 2005)

Obras municipales ordinarias y planeamiento urbanístico>>;, por Ángel Menéndez Rexach, pág. 11.

    Sumario: I. Introducción.-II. Las obras municipales en la legislación histórica de obras públicas y régimen lo-cal.-III. Régimen urbanístico de las obras municipales ordinarias: a) legislación de régimen local. B) legislación urbanística. C) adecuación al planeamiento.-IV. Articulación entre plan y proyecto: el estado de la cuestión en la jurisprudencia: a) el plan como instrumento legitimador. B) límites a las posibilidades de ordenación mediante plan especial. C) articulación entre el plan y el proyecto de urbanización.-V. Recapitulación.

>;, por Luis Miguel López Fernández, pág. 49.

    Sumario: 1. inscripción de los expedientes de equidistri-bución y expropiación forzosa y de sus modificaciones:

1.1. Diferencia entre la alteración del destino urbanístico de un terreno y su propiedad: que un terreno pierda el carácter de vial no basta para inscribir la parte proporcional del mismo a favor del colindante: RDGRN de 3-9-2004.

1.2. Cancelación de inscripciones derivadas de expropiación forzosa a favor de la administración: es título suficiente la sentencia firme, aunque no fueran parte los expropiados: RDGRN de 7-9-2004. 1.3. Insuficiencia de la resolución publicada en el Boletín Oficial de la Provincia para inscribir una expropiación: RDGRN de 23-12-2004. 1.4. Transmisión de las fincas resultantes de la compensación: la modificación de las inscripciones intermedias requiere la intervención de los que en ellas aparecen como titulares registrales: RDGRN de 12-1-2005. 1.5. Expropiación urgente: acta previa de ocupación y el justificante de la entrega al expropiado de la parte de justiprecio en que existe conformidad para practicar anotación preventiva a favor de la administración: DGRN de 22-4-2005.-2. INSCRIPCIÓN DE LAS OBRAS NUEVAS Y SUS MODIFICACIONES: 2.1. Superficie construida: basta la existencia de datos para su determinación mediante una simple suma; no es necesaria la firma del secretario en la comunicación de la licencia: RDGRN de 14-2-2004.Page 404 2.2. Certificación del técnico: es innecesario acreditar su competencia: RDGRN de 8-9-2004. 2.3. Acreditación de la licencia de obras: suficiencia de la resolución del alcalde que la otorga: RDGRN de 6-10-2004. 2.4. Insuficiencia de la certificación municipal de que el solicitante es propietario de una vivienda no sometida a expediente de disciplina urbanística: RDGRN de 17-2-2005. 2.5. No es obstáculo que la escritura se denomine de rectificación y no de obra nueva: RDGRN de 18-2-2005. 2.6. Constitución de propiedad horizontal: no puede presumirse la obra nueva si la configuración del edificio es la misma, aunque se hayan realizado algunas modificaciones interiores: RDGRN de 19-2-2005. 2.7. No se precisa nueva licencia para modificaciones de la obra nueva descritas en el proyecto aprobado: RDGRN de 21-3-2005.

2.8. Acreditación de la licencia de obras por silencio positivo: no opera cuando resulta palmariamente que la obra es contraria al planeamiento: RDGRN de 22-3-2005. 2.9. Necesidad de licencia y certificación de técnico para modificar el título constitutivo de la propiedad horizontal incrementando el número de plantas: RDGRN de 31-3-2005.-3. INSCRIPCIÓN DE ACTOS DE PARCELACIÓN: 3.1. No se precisa licencia para la constitución de propiedad horizontal >; con asignación exclusiva de espacios determinados: RDGRN de 10-12-2003. 3.2. La denegación de licencia de división impide el juego del silencio positivo respecto de la posterior solicitud de certificación de innecesariedad de dicha licencia: RRDGRN de 12-1-2004 y de 10-2-2004. 3.3. Licencia de segregación para construcciones permanentes no agrarias: aplicación de la normativa urbanística y competencia municipal: RDGRN de 22-3-2004. 3.4. No se precisa licencia de división para distribuir el uso exclusivo de determinados espacios entre las edificaciones sometidas a un mismo régimen de propiedad horizontal: RDGRN de 14-6-2004. 3.5. Obtención de licencia de división por silencio positivo: en general basta la manifestación del interesado sobre la ausencia de resolución expresa y de expedición de la certificación de acto presunto: RDGRN de 17-6-2004. 3.6. Licencia de segregación en suelo rústico: se necesita si es para construcción no agraria, pero si el Ayuntamiento afirma que el interesado desistió de su solicitud de licencia no puede operar el silencio positivo: RDGRN de 23-6-2004. 3.7. Parcelaciones en suelo rústico: necesidad de respetar la unidad mínima de cultivo. Excepciones: no lo son las segregaciones de terrenos destinados a la construcción de nave agrícola: RDGRN de 2-11-2004. 3.8. Segregación de finca anterior a la norma que impone la licencia: irretroactividad de la exigencia de licencia de segregación de terrenos: RDGRNde 19-11-2004.

3.9. No se precisa licencia para configurar una parte de la finca como objeto de propiedad exclusiva si es anejo de un elemento independiente bajo el régimen de la propiedad horizontal: RDGRN de 28-1-2005; en el mismo sentido, RDGRN de 28-2-2005. 3.10. Necesidad de licencia municipal o certificación de ser innecesaria para transmisión de cuotas indivisas sin asignación exclusiva de espacios determinados, cuando el Ayuntamiento ha remitido resolución acordando incoación de expediente disciplinario antes de la inscripción del título que formaliza la transmisión: RRDGRN de 7, 8 y 18-4-2005. 3.11. Necesidad de licencia o declaración de innecesariedad para divisiones realizadas en suelo rústico cuando así lo exige la legislación autonómica: RDGRN de 22-4-2005.-4. INSCRIPCIÓN DE CESIONES DE INMUEBLES DERIVADAS DE CONTRATOS Y DEMÁS CONVENIOS DE LA ADMINISTRACIÓN:

4.1. Transmisión de dos fincas patrimoniales a cambio de la realización de un garaje en el subsuelo del dominio público municipal: necesidad de licitaciónPage 408 pública: RDGRN de 2-2-2004. 4.2. Escritura de compraventa extemporánea: su otorgamiento implica reconocimiento de que subsiste la adjudicación: RDGRN de 2-7-2004. 4.3. Enajenación directa de inmuebles patrimoniales municipales tras declararse desierta la subasta: no puede inscribirse al no existir norma que expresamente la autorice: RDGRN de 3-1-2005. 4.4. Afección de fincas subastadas a la construcción de V.P.O.: alcance de la calificación registral: RDGRN de 31-3-2005.-5. INSCRIPCIÓN DE BIENES PÚBLICOS: 5.1. Imposibilidad de inmatricular a nombre del Ayuntamiento terrenos sobrantes de la vía pública previamente inscritos como exceso de cabida de la finca de un tercero: RDGRN de 5-10-2004. 5.2. Inscripción a favor del Estado por adquisición EX LEGE de bienes inmuebles vacantes con inscripción de más de treinta años de antigüedad: RDGRN de 20-1-2005.- 6. COMENTARIO CONJUNTO A LAS RRDGRN SOBRE INSCRIPCIÓN DE ACTOS DE PARCELACIÓN PRESENTADAS EN ESTOS APUNTES: a) La situación en el TRLS de 1976: La relativa independencia entre la división o segregación y su inscripción registral. El concepto de parcelación urbanística y su tratamiento jurídico; b) Evolución posterior; c) El derecho transitorio aplicable a la exigencia de licencia de parcelación o declaración de innecesa-riedad: La RDGRN de 19-11-2004; d) La constitución de complejo inmobiliario con distribución del uso exclusivo de determinados espacios libres entre los edificios que lo integran: RRDGRN de 10-12-2003 y 14-6-2004; e) Propiedad separada de una parte de la finca sometida al régimen de Propiedad Horizontal y configurada como anejo independiente: no se precisa licencia de segregación según las RRDGRN de 28-1-2005 y 28-2-2005; f) Excepcional necesidad de licencia de división o segregación cuando se trata de transmisión de cuotas indivisas sin asignación exclusiva de espacios determinados: las RRDGRN de 7, 8 y 18-4-2005.

Expropiaciones urbanísticas: las expropiaciones por incumplimiento de deberes urbanísticos>>;, por Mónica Domínguez Martín, pág. 115.

    Sumario: 1. Supuestos expropiatorios en la legislación de suelo.-2. Procedimiento de expropiación por incumplimiento de los deberes urbanísticos vinculados a la ejecución del planeamiento: a) distinción con el procedimiento sancio-nador. B) condiciones para que proceda la expropiación por incumplimiento de los deberes urbanísticos: a) Existencia de incumplimiento de los deberes urbanísticos: caducidad de la licencia urbanística; b) Declaración formal del incumplimiento definitiva en vía administrativa.

Número 222 (Diciembre 2005)

Los límites del Derecho al planeamiento parcial en el suelo urbanizable delimitado. La cuestión de las obras de conexión, concreción, refuerzo o ampliación de los sistemas generales y la nueva vía de impugnación de la inactividad de la administración>>;, por Francesc Lliset Borrell, pág. 11.

    Sumario: I. Introducción.-II. Presentación de un caso a efectos de análisis de una problemática general.-III. Obli-Page 409gaciones del ayuntamiento en relación con la concreción de las obras de conexión, refuerzo o ampliación del sistema general viario.-IV. ¿Existe en el supuesto planteado inactividad material del ayuntamiento?-V. Conclusiones.

Introducción a la gestión de las dotaciones públicas. Dotaciones públicas...

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