Revista de Revistas

AutorRedacción
Páginas1703-1723

Page 1705

REVISTA GENERAL DE DERECHO

Número 618 (Marzo 1996)

El contenido del Derecho civil especial valenciano

, por Carlos Climent Duran, pág. 1605.

    SUMARIO: I. INTRODUCCIÓN.-II. PRESUPUESTOS NORMATIVOS Y JURISPRUDENCIALES. 1. La Constitución española como punto de partida. 2. El Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana como soporte NORMATIVO FUNDAMENTAL. 3. La JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL COMO CONFORMADORA DEL DERECHO ESPECIAL VALENCIANO: 3.1. El Derecho Civil Especial Valenciano como expresión de las costumbres jurídicas valencianas. 3.2. El Derecho Civil Especial Valenciano como ordenamiento vivo y en constante desarrollo. 4. Conclusiones.-III. EL CONCEPTO DEL DERECHO CIVIL ESPECIAL VALENCIANO.-IV. EL CONTENIDO DEL DERECHO CIVIL ESPECIAL VALENCIANO: 1. El Derecho de aguas: el Tribunal de Aguas de Valencia. 2. El Derecho de arrendamientos: los arrendamientos históricos valencianos. 3. otras instituciones o aspectos consuetudinarios susceptibles de desarrollo legislativo autonómico.

El poder general para pleitos. El otorgamiento apud acta y el otorgamiento por apoderado general. Problemas procesales y regístrales

, por Salvador Emilio Rivera, pág. 1621.

    SUMARIO: PRESENTACIÓN.-I. EL PODER APUD ACTA Y EL MOMENTO PROCESAL PARA SU OTORGAMIENTO: 1. El poder «apud acta» y el ARTÍCULO 3.° DE LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CIVIL. 2. El MOMENTO PROCESAL EN que ha de constar el poder que acredite la personalidad del procurador. 3. El otorgamiento del poder «apud acta», la exigencia de su presentación CON EL PRIMER ESCRITO Y LA INDEFENSIÓN.-II. LA CORRELACIÓN ENTRE EL PODER GENERAL DEL REPRESENTANTE DE UNA PERSONA JURÍDICA Y EL PODER GENERAL PARA PLEITOS QUE, A SU VEZ, OTORGA A FAVOR DE PROCURADORES DE LOS TRIBUNALES: 1. El poder general para pleitos otorgado por un administrador social: 1.1. Supuesto de Administrador Unico. 1.2. Supuesto de varios administradores que actúan individualmente. 1.3. Supuesto de dos administradores que actúan conjuntamente. 1.4. Supuesto de existencia de un Consejo de Administración. 2. El poder general para pleitos otorgado por un apoderado: 2.1. El apoderamiento de una Sociedad Mercantil. 2.2. Requisitos de apoderamiento. 2.3. Eficacia del poder general ante terceros 2.4. El caso particular de otorgamiento de poder Page 1706 general para pleitos por un apoderado general de una Sociedad.- III. CONSECUENCIAS PROCESALES: 1. La exigencia de la Ley de Enjuiciamiento Civil respecto al poder general para pleitos: 1.1. Momento de presentación del poder. 1.2. Subsanación por insuficiencia o ilegalidad. 1.3. Efectos procesales. 2. Las normas procesales y el prjncipio constitucional de indefensión. 2.1. La doctrina sobre tutela efectiva consagrada en el artículo 24 de la Constitución Española que recoge la Ley Orgánica del Poder Judicial. 2.2. De la aplicación del artículo 24 de la Constitución Española. 2.3. De la doctrina legal que ampara la posibilidad de subsanación de los defectos procesales. 2.4. Doctrina en que se fundamenta la tesis mantenida en este trabajo sobre la insubsanabilidad de la falta de poder a Procuradores en plazo y del otorgado por apoderado general cuyo poder no se encuentra inscrito en el Registro Mercantil.-IV. CONCLUSIONES JURÍDICAS.

La comprobación de valores en la Ley General Tributaria Especial consideración sobre la posible inconstitucionalidad del anterior artículo 52. Apuntes sobre la situación planteada tras la Ley 25/1995

, por Juan Luis Maronda Frutos, pág. 1655.

    SUMARIO: I INTRODUCCIÓN.-II LA MODIFICACIÓN OPERADA EN EL ARTICULO 52 LGT POR LEY DE PRESUPUESTOS DEL ESTADO PARA 1991: 1. Contenido del precepto. 2. Doctrina constitucional sobre la materia 3. Análisis del precepto a la vista de la anterior doctrina constitucional.-III. DOS SUPUESTOS DE DECLARACIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD DE NORMATIVA INCLUIDA EN LEYES DE PRESUPUESTOS: 1. Inconstitucionalidad del artículo 130 de la Ley General Tributaria modificado por Ley de Presupuestos Generales del Estado para 1988. 2. Inconstitucionalidad DE LA SUPRESIÓN DEL CARÁCTER DE CORPORACIONES DE DERECHO Público de las Cámaras Oficiales de la Propiedad Urbana operada por Ley de Presupuestos para 1990. 3. Comentario.-IV. ACTOS ADMINISTRATIVOS OTORGADOS AL AMPARO DEL ARTICULO 52 LGT INTRODUCIDO POR LEY DE PRESUPUESTOS DEL ESTADO PARA 1990.-V. LA DESIGNACIÓN DEL PERITO TERCERO.

La intervención de la mujer en favor de tercera persona. Especial referencia a la Compilación Foral Catalana

, por LucfA Bernad Segarra, pág. 1667.

    SUMARIO: I. CONTENIDO Y ANTECEDENTES DEL SC VELEYANO.- II. LA INTERCESSIO: 1. Conductas oue pueden calificarse como tal. La teoría de los elementos subjetivos.-III. POSTURAS SOBRE LA FINALIDAD DEL SENADOCONSULTO: 1. Medida dirigida a proteger a la mujer, o a limitar su capacidad.-IV. EL MANDATO Y LA PROHIBICIÓN A LA MUJER DE INTERVENIR POR OTRO: 1. Discusión sobre la relevancia de la «scient1a» del acreedor. 2. sobre la «exceptio senatus consulti factae» 3. «Intercessio» indirecta y mandato. «Intercessio» directa y mandato. 4. Renuncia a la aplicación del beneficio derivado de la prohibición del Senadoconsulto Veleyano.-V. LA PROHIBICIÓN A LA MUJER DE INTERVENIR POR TERCERA PERSONA EN LA COMPILACIÓN FORAL CATALANA.

Page 1707«Los derechos sociales. Inclusión en el constitucionalismo de un concepto polémico», por Remedio Sánchez Ferriz, pág. 1809.

    SUMARIO. I. PRELIMINAR.-II. LA LUCHA POR LA LIBERTAD Y EL DERECHO.-III. EL ESTADO SOCIAL O LA RACIONALIZACIÓN DE LA VIDA PUBLICA.-IV LOS DERECHOS SOCIALES: PROTOTIPO DE FUNCIONES Y FINES DEL ESTADO SOCIAL.-V. A MODO DE CONCLUSIÓN: EFECTOS QUE LA INCLUSIÓN DE LOS DERECHOS SOCIALES DESPLIEGA EN TODA DECLARACIÓN DE DERECHOS.

La prisión provisional en la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado (Tutela efectiva y doctrina constitucional: Sentencia del Tribunal Constitucional 128/1995, de 26 de julio)

, por Silvia Barona Vilar, pág. 1825

    SUMARIO: INTRODUCCIÓN.-I. PRISIÓN PROVISIONAL Y TUTELA EFECTIVA: CONSIDERACIONES GENERALES -II. INOPORTUNIDAD LEGISLATIVA: OPORTUNIDAD POLÍTICA.-III. EL PRINCIPIO ACUSATORIO Y EL DE CONTRADICCIÓN.-IV. LA AUDIENCIA. ALGUNOS PROBLEMAS QUE PLANTEA; SOLUCIONES APORTADAS POR LA CIRCULAR 2/ 1995, DE 22 DE NOVIEMBRE, DE LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO, SOBRE EL «NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DE LA PRISIÓN PREVENTIVA».-V. MEDIOS DE IMPUGNACIÓN CONTRA LOS AUTOS DE PRISIÓN Y LIBERTAD PROVISIONALES-VI. ALGUNAS REFLEXIONES FINALES.-VII. TEXTO DE LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL 128/1995, DE 26 DE JULIO.

El derecho al medio ambiente en el marco del Convenio Europeo de Derechos Humanos

, por Luis Jimena Quesada y Beatriz S. Tomás Mallen, pág. 2135.

    SUMARIO: I. CONSIDERACIÓN PRELIMINAR: ACTUALIDAD DE LAS CUESTIONES MEDIOAMBIENTALES Y EL «MOVIMIENTO» ECOLOGISTA.- II. CONSAGRACIÓN Y PROTECCIÓN DEL DERECHO AL MEDIO AMBIENTE EN EL MARCO NACIONAL E INTERNACIONAL: A) El medio AMBIENTE COMO DERECHO DE SOLIDARIDAD Y DE ENTIDAD COLECTIVA. B) MARCO nacional: el ordenamiento constitucional español. C) Marco internacional DE PROTECCIÓN DEL DERECHO AL MEDIO AMBIENTE: 1. Plano Universal 2. Plano internacional-regional: en especial, la Comunidad Europea.- III. RECONOCIMIENTO Y GARANTÍA DEL DERECHO AL MEDIO AMBIENTE EN EL MARCO DEL CONSEJO DE EUROPA: A) El Convenio Europeo de Derechos Humanos de 1950 y la extensión de derechos. B) El PAPEL DE LA COMISIÓN Y DEL TRIBUNAL EUROPEOS DE DERECHOS HUMANOS: LA JURISPRUDENCIA PRETORIANA DE LOS ÓRGANOS TUTELARES DEL CEDH. C) JURISPRUDENCIA ANTERIOR AL CASO LÓPEZ OSTRA RELATIVA AL MEDIO AMBIENTE. D) LAS POSIBILIDADES DEL DERECHO AL MEDIO AMBIENTE A LA LUZ DE LOS DERECHOS CONVENCIONALES. E) Referencia a la Carta Social Europea de 1961 y la jurisprudencia de control.-IV. CONSIDERACIÓN ESPECIAL DEL CASO LÓPEZ OSTRA CONTRA ESPAÑA, DE 9 DE DICIEMBRE DE 1994: A) Observaciones preliminares B) Fondo del asunto. C) Consecuencias jurídicas para la protección DEL DERECHO AL MEDIO AMBIENTE.-V. CONSIDERACIÓN FINAL - VI. TEXTO INTEGRO DE LA SENTENCIA LÓPEZ OSTRA.

Page 1708«Sobre los acuerdos de fijación vertical de precios (Una aproximación a la exención de los acuerdos de fijación de precios máximos)», por Paz Soler Masota, pág. 2215.

    SUMARIO: I. PRELIMINAR.-II. EN GENERAL: LA PROHIBICIÓN DE LOS ACUERDOS DE FIJACIÓN DE PRECIOS: A) Su fundamento. B) Modalidades de fijación del precio: 1. Según la estructura del acuerdo: fijación vertical u horizontal/individual o colectiva. 2. Según su incidencia en el precio: fijación directa e indirecta 3. Los efectos ambiguos de la recomendación vertical de precios -III. LA EXENCIÓN DE LOS ACUERDOS DE FIJACIÓN VERTICAL DE PRECIOS MÁXIMOS: A) Requisitos. B) Supuestos exencionables.-IV. CONCLUSIÓN.

Los sondeos de opinión como instrumento probatorio del engaño en los procesos por competencia desleal

, por Felipe Palau, pág. 2235.

    SUMARIO: 1. CUESTIONES PRELIMINARES: a) La determinación del error A PARTIR DEL CONOCIMIENTO PRIVADO DEL JUEZ. B) La UTILIZACIÓN DE LOS SONDEOS DE OPINIÓN COMO MEDIO DE PRUEBA EN LOS PAÍSES DE NUESTRO ENTORNO.-2. LA LICITUD DE LA UTILIZACIÓN DE LOS SONDEOS DE OPINIÓN COMO MEDIO DE PRUEBA EN PROCESOS POR COMPETENCIA DESLEAL: a) Normativa aplicable. b) La aportación de los sondeos de opinión al proceso como medio de prueba -3. LA UTILIZACIÓN DE LOS SONDEOS DE OPINIÓN EN MATERIA DE COMPETENCIA DESLEAL: a) Pros y contras de la utilización de sondeos de opinión en la determinación del engaño. b) Determinación del circulo de destinatarios. c) El muestreo d) Redacción y formulación de las preguntas. e) Trabajo de campo. f) El informe del experto en demoscopia.-4. conclusiones.
REVISTA JURÍDICA DEL NOTARIADO

Número 14 (Abril-Junio 1995)

La Ley 4/1995, de 24 de...

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