Revisión de la normativa sobre cooperación horizontal

Está previsto que se apruebe el nuevo Reglamento a finales de este año, teniendo en cuenta que los existentes expiran el 31.12.2010.

La evaluación de los acuerdos de cooperación horizontal se establece actualmente en dos Reglamentos de Exención por Categorías (REC): Reglamento 2659/2000, relativo a acuerdos de investigación y desarrollo (I+D) y Reglamento 2658/2000 relativo a acuerdos de especialización, así como en las Directrices que los acompañan.

En lo que a I+D se refiere, hay pocas modificaciones entre la Propuesta y el Reglamento existente y las que hay están diseñadas para evitar que una de las partes de un acuerdo de I+D trate de impedir de manera indebida la explotación de los resultados de dicho acuerdo por el resto de las partes, privando a clientes y consumidores de los beneficios del acuerdo de I+D.

Por su parte, la Propuesta de REC de Especialización clarifica que la exención se aplica a los acuerdos de especialización incluso cuando una de las partes únicamente cesa su producción de manera parcial. Esto permitirá a la empresa que cuenta con dos plantas de producción para un determinado producto cerrar una de sus plantas, subcontratar el producto de la planta clausurada y continuar bajo la exención del REC. La Propuesta de REC establece, asimismo, que en el caso de que los productos objeto del acuerdo de especialización sean...

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