La revalorización de la naturaleza: la integración de la justicia ecológica en el derecho y en la justicia ambiental Argentina

AutorAdriana Norma Martínez/Adriana Margarita Porcelli
CargoAbogada, Escribana, Posgraduada en Derecho del Turismo (UBA), Magíster en Ambiente Humano (UNLZ). Profesora Adjunta Regular Facultad de Derecho (UBA). Jefa de la División Derecho. Profesora Asociada Ordinaria (UNLu). Argentina. Profesora visitante de las Universidades Complutense de Madrid y Málaga (España)/Abogada (UBA) Magíster en Relaciones ...
Páginas5-39
Recopilación mensual n. 106, noviembre 2020
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Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 03 de noviembre de 2020
LA REVALORIZACIÓN DE LA NATURALEZA: LA
INTEGRACIÓN DE LA JUSTICIA ECOLÓGICA EN EL
DERECHO Y EN LA JUSTICIA AMBIENTAL ARGENTINA
“THE REVALUATION OF NATURE: THE INTEGRATION OF
ECOLOGICAL JUSTICE IN ARGENTINE LAW AND
ENVIRONMENTAL JUSTICE”
Autora: Adriana Norma Martínez, Abogada, Escribana, Posgraduada en
Derecho del Turismo (UBA), Magíster en Ambiente Humano (UNLZ).
Profesora Adjunta Regular Facultad de Derecho (UBA). Jefa de la División
Derecho. Profesora Asociada Ordinaria (UNLu). Argentina. Profesora visitante
de las Universidades Complutense de Madrid y Málaga (España)
Autora: Adriana Margarita Porcelli, Abogada (UBA) Magíster en Relaciones
Internacionales (Universidad Maimónides) Diploma en Derechos Económicos
Sociales y Culturales (UNPSJB) Profesora Adjunta Ordinaria (UNLu).
Argentina
Fecha de recepción: 05/08/2020
Fecha de aceptación: 21/09/2020
Resumen:
El crecimiento económico, el desarrollo industrial y las modernas tecnologías
han aportado un nuevo grado de confort y bienestar. Sin embargo, se logró a
expensas del agotamiento de los recursos naturales y de la pérdida generalizada
de los ecosistemas. En este contexto es que se formularon determinadas líneas
de pensamiento que, en contraposición con las vigentes, propician el
reconocimiento de derechos a la naturaleza y a todos los seres vivientes.
A partir de esas perspectivas, en el mundo jurídico, se abrió un intenso debate
acerca de la subjetividad jurídica y si es jurídicamente viable que la Naturaleza y
cada uno de sus componentes puedan ser considerados como sujeto de
derecho.
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Así es que, por vía doctrinaria y jurisprudencial, se inició un camino de
confluencia entre el derecho ambiental y los derechos de la Naturaleza, que va
transformando el derecho ambiental clásico, aligerando la visión antropocénrica
que lo caracteriza, integrándolo con una cosmovisión biocéntrica y ampliando
su protección a todas aquellas especies con las cuales el ser humano comparte
el planeta.
El presente artículo tiene por objeto el desarrollo teórico, doctrinario y
jurisprudencial argentino de una postura alternativa que propugna la
ecologización del derecho ambiental, el diálogo entre la Ecología y el Derecho
y la integración de la justicia ecológica con la ambiental para lograr una efectiva
protección de la Naturaleza.
Abstract:
Economic growth, industrial development and modern technologies have
brought a new degree of comfort and well-being. However, it was achieved at
the expense of the depletion of natural resources and the widespread loss of
ecosystems. In this context, certain lines of thought were formulated that, in
contrast to the current ones, promote the recognition of rights to nature and to
all living beings.
From these perspectives, in the legal world, an intense debate began about legal
subjectivity and whether it is legally viable that Nature and each of its
components can be considered as a subject of law.
Thus, by way of doctrine and jurisprudence, a path of confluence between
environmental law and the rights of Nature began, which is transforming
classical environmental law, lightening the anthropocentric vision that
characterizes it, integrating it with a biocentric worldview and expanding its
protection to all those species with which the human being shares the planet.
The purpose of this article is the theoretical, doctrinal and jurisprudential
development of an alternative position that advocates the greening of
environmental law, the dialogue between Ecology and Law and the integration
of ecological and environmental justice to achieve effective protection of
nature.
Palabras clave: Biocentrismo. Justicia Ambiental. Justicia Ecológica. Corte
Suprema de Justicia de la Nación. Argentina.
Keywords: Biocentrism. Environmental Justice. Ecological Justice. Supreme
Court of Justice of the Nation. Argentina.
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Índice:
1. Introducción
2. Marco Teórico
3. Derecho Argentino. Una mirada biocéntrica
3.1. Análisis de la jurisprudencia de la Corte Suprema de la
Nación en materia ecológica
4. Conclusiones
5. Bibliografía
Index:
1. Introduction
2. Theoretical framework
3. Argentine Law. A biocentric look
3.1. Analysis of the jurisprudence of the Supreme Court of the
Nation in ecological matters
4. Conclusions
5. Bibliography
1. INTRODUCCIÓN
Desde la publicación del famoso Informe Los Límites del Crecimiento en 1972, por
el Instituto Tecnológico de Massachusetts (MIT, siglas en inglés de Massachusetts
Institute of Technology) sistemáticamente se han elaborado documentos y
normativas tanto a nivel internacional, regional como estadual en protección
del ambiente. Sin embargo, pasados casi 50 años, no solo que el alerta sigue
vigente, sino que la situación se ha agudizado aún más, llegando a los límites del
planeta.
Así, el Informe Especial sobre el Cambio Climático y la Tierra, del 8 de agosto
de 2019, elaborado por el Panel Intergubernamental sobre el Cambio Climático
(IPCC, siglas en inglés de The Intergovernmental Panel on Climate Change
1
) advierte
1
El Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático es el órgano de las
Naciones Unidas encargado de evaluar los conocimientos científicos relativos al cambio
climático. Fue establecido en 1988 por el Programa de las Naciones Unidas para el Medio
Ambiente y la Organización Meteorológica Mundial (OMM) a fin de facilitase a los
responsables de las políticas evaluaciones científicas periódicas del cambio climático, sus
implicaciones y sus futuros riesgos potenciales, y propusiese las estrategias de adaptación y
mitigación. Tiene 195 Estados Miembros. Comprende tres grupos de trabajo, a saber: el
Grupo de Trabajo I, que trata las bases físicas del cambio climático; el Grupo de Trabajo II,
que trata los impactos, la adaptación y la vulnerabilidad; y el Grupo de Trabajo III, que trata

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