Resumen de la discusión de la novena mesa redonda

AutorCarlos Gómez-Jara Díez
Páginas306-307

La ponencia inicial corrió a cargo de Julio Banacloche, quien efectuó un minucioso análisis de diversas cuestiones relativas a la repercusión en el procedimiento penal de determinados hechos fijados en el procedimiento tributario. En esta misma línea, advirtió como la prueba pericial que se practica ya en el seno del proceso jurídico- penal puede arrojar resultados sumamente contrapuestos, debiendo estar especialmente vedada la posibilidad de que los propios inspectores tributarios tengan la consideración de peritos en el ámbito penal. Por último, el ponente hizo referencia a las importantes carencias de las que, a su juicio, adolecen los Jueces cuando en el marco de un procedimiento por delito fiscal tienen que decidir cuestiones de Derecho tributario que inciden extraordinariamente en el resultado final; de ahí que el ponente abogara por que los jueces contaran con un asesoramiento especializado e imparcial en materia tributaria.

Incidiendo en ciertas disfunciones que pueden observarse en el procedimiento penal tributario, Alfonso Trallero centró su atención sobre la discrecionalidad de la Administración tributaria a la hora de remitir el expediente tributario al Fiscal, la consideración de la imparcialidad de los informes evacuados por la Inspección y su utilización como prueba pericial en el proceso penal y, finalmente, la vulneración del principio de no autoincriminación. En todas estas cuestiones observó una fuerte pérdida de los derechos y garantías del imputado quien, en última instancia, es el gran perjudicado de una dinámica que traslada la posición privilegiada de la Administración en el seno del procedimiento administrativo a su ubicación, supuestamente neutral, en el ámbito penal.

Por su parte, Antonio del Moral trató con especial...

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