Resumen de la discusión de la cuarta mesa redonda

AutorCarlos Gómez-Jara Díez
Páginas133-134

La primera cuestión abordada por el Profesor MIGUEL BAJO fue la regularización tributaria. En su opinión, debía efectuarse una interpretación amplia del concepto de regularización, de tal manera que no tuviese que realizarse obligatoriamente por medio de declaraciones complementarias y que extendiera sus efectos también a terceros, especial- mente en el caso de las personas jurídicas. A continuación analizó la naturaleza jurídica de la cuota necesaria para que concurra un delito fiscal, llegando a la conclusión de que lejos de tratarse de una condición objetiva de punibilidad, debía concebirse como un elemento del tipo que tenía que abarcar el dolo del autor. Como consecuencia de ello, en caso de que el autor no conociera la cantidad defraudada, concurriría un error de tipo, y no de prohibición. En cualquier caso, al profundizar sobre el tratamiento del error en el delito fiscal, consideró que, en todo caso, ya fuera de tipo o de prohibición, la vencibilidad del error en el ámbito del Derecho penal económico, sector del ordenamiento jurídico donde existe una compleja maraña legislativa, debía admitirse en contadas ocasiones y partir de la base de la invencibilidad.

El profesor EMILIO OCTAVIO DE TOLEDO coincidía con el análisis del ponente en lo que a la regulación tributaria se refería, disintiendo profundamente en cuanto al tratamiento del error, puesto que consideraba que, en concreto, la cuestión referida a la cuota apuntaba al error de prohibición y, en general, la vencibilidad del error en estos casos era fácilmente demostrable. En su opinión, pese a que en las leyes penales en blanco siempre se plantea la problemática de si se trata de errores de tipo o de prohibición, lo cierto es que, en general, se conocen muy bien los límites defraudatorios en los supuestos de delitos económicos. En cualquier caso, abogó por concretar los objetos de protección en estos delitos, analizando debidamente cuál es el bien jurídico tutelado, puesto que dicho análisis podía ser especialmente operativo en el delito fiscal, a la hora de...

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