El restablecimiento del contacto entre familiares separados en situaciones de emergencia: Cruz Roja y sulabor de mediación

AutorClaribel de Castro Sánchez/Carmen Quesada Alcalá
CargoProfª Contratada Dra. Derecho Internacional Público (UNED)/Profª Titular de Universidad Derecho Internacional Público (UNED)
Páginas1-11

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1. Situaciones de emergencia como presupuesto de la separación familiar

La existencia de una situación de emergencia constituye, en la mayoría de los casos, el origen de la separación de miembros de una misma familia. Cuanto más grave es la situación, peores son las consecuencias para el entorno familiar. Acerquémonos a algunos datos. A lo largo del año 2009, se produjeron 29 conflictos armados en el mundo, de los cuales 12 se intensificaron, mostrando una atenuación en su nivel de violencia solamente ocho de ellos1. Por otro lado, durante 2010 se produjeron 32 crisis humanitarias que afectaron especialmente a África y Asia2. Todas estas situaciones, derivadas de un conflicto armado o de un desastre natural, pueden ser calificadas de emergencia humanitaria, presupuesto de la separación familiar.

De un modo muy genérico podríamos definir emergencia humanitaria como amenaza grave para la vida y la salud de las poblaciones civiles3. Profundizando sobre este concepto, debemos afirmar que deben concurrir dos elementos para que podamos hablar de catástrofe o emergencia humanitaria: un hecho o fenómeno que desencadene la situación, de un lado, y la existencia de una población afectada por esa situación, de otro. Así pues, dado que son muchas las situaciones que pueden generar necesidades respecto de un grupo de población, la doctrina se ha ocupado de la diversidad de situaciones que pueden plantear problemas humanitarios y, por tanto, que pueden provocar una situación de emergencia humanitaria. En definitiva, hablamos de emergencia humanitaria para referirnos a la “existencia de un conflicto armado, de disturbios interiores o tensiones internas, a causa de desastres naturales e industriales o cualquier otra situación susceptible de poner en peligro la vida, la seguridad, la dignidad o los bienes materiales indispensables para el ser humano”4.

Partiendo de lo anterior, tradicionalmente se ha realizado una clasificación de los desastres distinguiendo entre los que son de carácter natural o los que tienen su origen en actividades humanas5. Así, por lo que se refieren a los desastres naturales, estos pueden subdividirse en razón del “factor meteorológico, topológico, telúrico, o análogo concurrente”6. Por lo que respecta a las emergencias humanitarias provocadas por la acción del hombre, una primera clasificación distingue entre aquellas generadas accidental o negligentemente y aquellas otras que son intencionadas. Entre las primeras podríamos incluir los desastres industriales o tecnológicos y los desastres ecológicos o medioambientales, mientras que en el segundo grupo deberíamos tener presentes las emergencias provocadas por la existencia de un conflicto armado “u otros niveles inferiores de violencia e inestabilidad política”7. A estas categorías tradicionales, debemos añadir las “nuevas” modalidades de desastres provocadas, directa o indirectamente, por la acción humana: nos estamos refiriendo a las catástrofes generadas por el desarrollo de actividades ultrapeligrosas – como las desplegadas en el espacio ultraterrestre o las relacionadas con el uso de la energía nuclear-. Asimismo, debemos incluir en nuestra clasificación de catástrofes otra categoría como la que distingue “entre catástrofes repentinas y las sobrevenidas de manera progresiva. Las hambrunas que tienen su origen en los efecto de un conflicto armado, u otros niveles inferiores de violencia e inestabilidad políticas, y/o en condiciones meteorológicas adversas como la sequía, son un ejemplo característico de la complejidad y progresividad en el desencadenamiento de la catástrofe humanitaria”8.

En cualquier caso, independientemente de las clasificaciones que hemos apuntado, lo cierto, es que en el momento actual, la mayor parte de la doctrina intenta ir más allá del “origen” de la emergencia para centrar

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se en los efectos de la misma a la hora de dar un concepto. En este sentido, podemos apuntar la definición ofrecida por GUNN que habla de “situación de urgencia en la que la vida cotidiana se ve transformada en el sentido de que la población se halla sumida en el desastre y la necesidad de protección, de alimento, de vestido, de refugio, de medicamentos, de servicios sociales y de cualquier otra ayuda indispensable para la vida”9.

En el contexto de una emergencia humanitaria, cobra especial importancia la familia, puesto que se producen desplazamientos masivos de la población, y la reunificación familiar cobra un papel importantísimo, a efectos de la posterior reconstrucción del país en cuestión.

Según datos de ACNUR10, en 2011 se registraron unos 4,3 millones de nuevos casos de desplazamiento forzado por conflicto o persecución. Más de 800.000 personas se convirtieron en refugiados cruzando una frontera internacional, la cifra más alta en más de diez años. En 2011, unos 17.700 menores no acompañados o separados de sus familias, principalmente de Afganistán y Somalia, cursaron una solicitud de asilo en 60 países. La cifra es notoriamente superior a la de 2010
(15.600 solicitudes).

Según el propio Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR)11, pueden ser muy variados los motivos por los cuales los miembros de una misma familia se vean en una situación de separación, y se puede dar tanto en el marco de un conflicto, como en el de un desastre natural. Lo cierto es que, cuando la gente huye en estas situaciones, los niños se pueden perder, convirtiéndose en menores no acompañados. Por otro lado, los ancianos y enfermos prefieren permanecer, en muchas ocasiones, en el lugar en el que están, o simplemente, no tienen más remedio por su deterioro físico. Otro de los aspectos importantes de este escenario es la atención a los heridos, que habrán de ser evacuados por necesidad o urgencia, sin que sus seres queridos sepan, a veces, adonde son conducidos. Asimismo, se producen detenciones o arrestos sin que los parientes sepan dónde se encuentran sus familiares detenidos.

En definitiva, los niños separados, los ancianos, heridos, discapacitados y enfermos crónicos son los grupos más vulnerables en caso de conflicto armado o desastre natural. De este modo, estos grupos son prioritarios para los actores internacionales, que han de intensificar sus esfuerzos en las situaciones de separación familiar, por contarse entre las consecuencias más dramáticas derivadas de las situaciones de emergencia. Sin embargo, en los últimos años, también algunas categorías de migrantes y sus familias han expresado la necesidad de ayuda para conocer el paradero de sus familiares o ponerse en contacto con ellos12, lo que ha permitido una ampliación del mandato del Comité Internacional de la Cruz Roja en este sentido13. Las migraciones internacionales masivas y sus devastadoras secuelas aparecen como otro de los escenarios posibles en los que se producen separaciones de familias, menores no acompañados, y ancianos en situación de desamparo.

En este sentido, hemos de tener en cuenta que si el número de migrantes internacionales sigue creciendo al mismo ritmo que en los últimos 20 años, podría alcanzar los 405 millones en 2050, y se duplicaría en las próximas cuatro décadas14. De este modo, la migración internacional, en ocasiones con carácter masivo, se convierte en una cuestión de alcance mundial, compleja, y que concierne a distintos interlocutores. En el contexto de las migraciones, y conforme al Informe de la Organización Internacional de las Migraciones15, los derechos a la reunificación familiar y a fundar una familia están ampliamente reconocidos

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como aspectos fundamentales de la integración. Hay por lo menos cuatro categorías de migración de las familias: reunificación de la familia, fundación de familia (o migración por matrimonio), migración de toda la familia, y migración con el auspicio de un miembro de la familia. Es, por lo tanto, el aspecto de la reunificación familiar uno de los puntos básicos para abordar en toda su complejidad el fenómeno de las migraciones internacionales con carácter masivo.

2. La regulación de la reunificación de las familias en el ámbito internacional

Como recordatorio previo y conforme al art.16.3 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, “[l]a familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado”. Para determinar el término familia, a los efectos del estudio que nos ocupa, nos basaremos en la Observación General del Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en relación con el art.17 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Según dicha Observación, por “familia” se debe entender comprendidas a “[t]odas las personas que componen la familia, tal y como se entienda ésta en la sociedad del Estado parte de que se trate”16.

Por su parte, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos entiende que en el concepto de familia vendrían incluidos las personas que mantienen la relación y los hijos a su cargo, ampliándose esta noción, sobre todo cuando hay hijos, a los hermanos, las hermanas, las parejas que conviven fuera del matrimonio y los abuelos17.

Partiendo del concepto amplio de familia que impera en el ámbito internacional, vamos a proceder a desgranar cuál es la regulación de la reunificación de...

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