La responsabilidad del heredero

AutorFrancisco Lledó Yagüe - Óscar Monje Balmaseda - Ana Isabel Herrán Ortiz - Ainhoa Gutiérrez Barrenengoa - Andrés Urrutia Badiola
Páginas98-99

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Contraponiendo los arts. 1.003 y 1.023 Cc, referidos al ámbito de responsabilidad del heredero aceptante puro y simple y con el beneficio de inventario, la conclusión no puede ser otra que responsabílidad ultra vires en el caso de la aceptación simple y por el contrario responsabilidad intra vires cuando el heredero se acoge al beneficio. Así el art. 1.003 CC, establece que «por la aceptación pura y simple, o sin beneficio de inventario quedará el heredero responsable de todas las cargas de la herencia, no sólo con los bienes de ésta, sino también

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con los suyos propios». Por su parte, el art. 1.023 Cc, declara que en caso de beneficio de inventario, «el heredero no queda obligado a pagar las deudas y las demás cargas de la herencia sino hasta donde alcancen los bienes de la misma».

Podemos preguntarnos cuál es la responsabilidad del heredero cuando es legitimario. Es decir, nos cuestionamos si lo dispuesto en el art. 1.003 Cc debe entenderse válido tanto para el heredero voluntario como para el heredero forzoso, de modo que este último pueda llegar a perder o ver disminuida su legítima no sólo por las cargas y deudas hereditarias, sino también por las testamentarias.

La doctrina es unánime en entender que el legitimario, cuando ha sido llamado como heredero responde de las deudas igual que cualquier otro, ya que si el activo relicto era inferior al pasivo, no existe derecho alguno de legítima sobre la masa hereditaria, y la recibe en igual calidad que los restantes herederos. En cambio, los legados son ineficaces en cuanto afectan a la porción legítima, de modo que si el legitimario es heredero no responde de su pago aunque acepte la herencia sin beneficio. Admitir la eficacia de estas atribuciones mortis causa nos conduciría a quebrar la intangibilidad cuantitativa y cualitativa de la legítima.

Pero, al margen de este supuesto, ¿qué...

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