La responsabilidad civil de las empresas informáticas

AutorJosé A. Lucas

Este es un extracto del artículo de D. José A. Lucas. Licenciado en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid, y Director del Departamento de Tecnología de St. Paul Insurance España, Seguros y Reaseguros S.A. (Jose.Antonio.Lucas@stpaul.com), publicado en Derecho.org.

"No ajenas al resto del mundo empresarial, la empresa informática se enfrenta, en general, a las mismas clases de responsabilidad civil legal que cualquier otra empresa o entidad, por las reclamaciones formuladas por sus clientes, empleados, accionistas o terceros. No obstante, por las singularidades que la informática comporta, se han dibujado una serie de responsabilidades nuevas, como lo es este campo desde el punto de vista del mundo del derecho, que van más allá, y la hacen más acusada, si cabe, sus posibles consecuencias.

Las causas de las que puede derivar, tienen una naturaleza muy variada y diversa, así como también lo son los campos legislativos que la regulan. Por este motivo he creído conveniente preparar, casi a modo de catalogo, un pequeño resumen con las responsabilidades civiles más importantes que podrían afectar a una empresa de informática, siendo consciente de que dejo de lado muchos temas, y por razones simplemente de espacio, lo haremos de una forma muy genérica.

Pero para empezar, clarifiquemos qué es la responsabilidad civil legal, a la que nos estamos refiriendo. La responsabilidad civil legal es el fundamento jurídico del que se hace derivar un derecho indemnizatorio, por las acciones, omisiones o incumplimiento de una obligación, cometidas por una persona, bien sea persona física o jurídica, y que han causado un daño, cualesquiera que sea su naturaleza (corporal, material, patrimonial o de índole moral), y en el que haya mediado algún grado de culpa o negligencia.

Definimos de esta forma la responsabilidad legal, intentando llegar a un concepto en que, por un lado, se excluyen las responsabilidades estrictamente contractuales, y por otro lado, permita ir más allá de la estricta responsabilidad extracontractual, de todos conocida.

Partiendo de la premisa o concepto anteriormente establecido, podríamos hablar de las siguientes fuentes básicas de las que puede nacer una Responsabilidad Civil legal, en el campo que nos ocupa:

  1. Las derivadas del ilícito penal. Las personas jurídicas, por definición, (salvo lo establecido en los art. 30 y 31 del Código Penal, relativos a los delitos y faltas cometidos utilizando medios o soportes de difusión), no...

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