Resoluciones publicadas en el BOE

AutorJosé Esteban Torrente Loscertales
Páginas969-974

Page 969

A) Registro de la Propiedad

Resolución de 10 de diciembre de 1997

(BOE 14-1-98).

PROCEDIMIENTO EJECUTIVO ORDINARIO. CANCELACIÓN DE CARGAS ANTERIORES A LA ANOTACIÓN DE EMBARGO

Para cumplir la cancelación de los derechos sobre el bien rematado constituidos después de la hipoteca que se ejecuta y antes de la anotación de embargo, que ordena el juez, debe acreditarse que los titulares de tales derechos supieron desde el inicio que se hacía valer la hipoteca preferente; y que de los autos y anuncios de la subasta resulte con claridad que se está ejecutando la referida hipoteca. Al no darse esta circunstancia, no puede accederse a las cancelaciones solicitadas, aunque debe reconocerse que el defecto no es insubsanable.

Resolución de 11 de diciembre de 1997

(BOE 14-1-98)

COMPRAVENTA POR SOCIEDAD CIVIL

  1. La actuación de una sola representación en nombre de las dos partes -autocontrato- requiere la ratificación de los representados.

  2. El bien adquirido por la sociedad civil cuyos pactos en parte permanecen secretos, deberá inscribirse en favor de todos los socios al tratarse de una cotitulandad específica.

  3. Por no haber sido aportada la escritura de constitución solicitada por el Registrador, no ha podido valorarse debidamente la naturaleza del objeto social -«la compra, tenencia, disfrute y disposición de pisos y viviendas», Page 970 según el título de compra- y debe reiterarse la doctrina del Centro Directivo en el sentido de que las sociedades cuyo objeto sea la realización de actos de comercio quedan sujetas en primer lugar al Código de Comercio sin que para eludir las reglas mercantiles, muchas imperativas, sea bastante acogerse a la sociedad civil.

Resolución de 12 de diciembre de 1997

(BOE 21-1-98).

URBANISMO: ANOTACIÓN PREVENTIVA DE SENTENCIA DEL TSJR, ARTICULO 307 LS

La anotación preventiva solicitada por el expropiado favorecido por la sentencia que anula y retrotrae el acuerdo municipal, podría extenderse en el folio de la nueva finca que ha sustituido a la expropiada, aún cuando la demanda origen de la sentencia se haya dirigido solamente contra la Administración que dictó el acto impugnado, si en el mandamiento del Tribunal Supremo que conoce del asunto por apelación del Ayuntamiento, consta, al menos, que ha tenido lugar el emplazamiento directo y personal de los titulares regístrales de las fincas sobre las que se ordena la anotación. En este caso, la falta de tal constancia ha de estimarse defecto subsanable, pues nada se opone a que el emplazamiento tenga lugar después de la interposición de la demanda.

Resolución de 15 de diciembre de 1997

(BOE 17-1-98).

COMO ACREDITAR EN EL REGISTRO EL PREVIO PAGO DEL IMPUESTO TP, ARTICULO 254 LH

Las normas vigentes en la materia supeditan la inscripción en el Registro de la Propiedad a la previa acreditación del pago de la deuda tributaria, exigencia que suele cumplirse con la nota extendida en el documento por la Oñcina Liquidadora competente, medio de prueba que no excluye el empleo de otros previstos en la Ley. En consecuencia, no cabe admitir el criterio del Registrador que suspende la calificación de la escritura de compraventa por carecer de la nota en cuestión y desconoce el valor probatorio de la carta de pago oficial -documento público- que se acompaña y corresponde a dicho documento.

Resolución de 17 de diciembre de 1997

(BOE 17-2-98).

ESCRITURA OTORGADA POR ADMINISTRADOR ÚNICO NO INSCRITO EN EL REGISTRO MERCANTIL

Suprimida en el actual Reglamento del Registro Mercantil la norma del artículo 68 del anterior que declaraba obligatoria tal inscripción previa, son válidas las actuaciones jurídicas que en nombre de la S. A. realice el administrador desde la aceptación del cargo válidamente conferido (art 125, Ley Page 971 S. A.), por lo que el incumplimiento de la obligación de inscribir no afecta a la validez y eficacia del acto realizado en representación de la sociedad.

Resoluciones de 5 y 7 de enero de 1998

(BOE 27 y 29-1-98).

DIVISIBILIDAD DE HIPOTECA QUE GRAVA UNA PLANTA DE GARAJE...

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