Resoluciones, acuerdos y sentencias

AutorCMS Albiñana & Suárez de Lezo
Nuevas resoluciones del TDC sobre Repsol y las estaciones de servicio

En la primera de ellas (Expte. r 536/02, Repsol/Estaciones de Servicio), el TDC insta al SDC a reabrir un expediente contra Repsol por los cambios introducidos unilateralmente en sus contratos de suministro y orientados a adaptar sus cláusulas al nuevo Reglamento 2790/1999. Como este Reglamento no cubre a contratos donde el proveedor cuenta con cuotas de mercado superiores al 30%, estima el TDC que debería haberse investigado si las cláusulas de exclusiva de suministro introducidas-mantenidas por Repsol en los nuevos contratos podrían cumplir con los requisitos de autorización individual o si por el contrario debían prohibirse. Aunque la Resolución se refiere fundamentalmente a las cláusulas de suministro exclusivo, también se mencionan otras como las relativas al reparto de la comisión entre el agente y el cliente; la duración de los contratos en los que Repsol no tiene la nuda propiedad del suelo y la fórmula del reembolso de las comisiones en caso de no renovarse el contrato. El hecho de que Repsol hubiera notificado los contratos a la Comisión no es tenido en cuenta por el TDC, al no existir un procedimiento formal abierto por Bruselas (Véase Carlsberg notice de 19.03.2002). La otra Resolución (Expte. r 548/02, Centro Filatélico/Repsol) también se refiere a Repsol, denunciada por fijar los precios de reventa a las estaciones de servicio. El TDC reitera que la fijación vertical de precios por la petrolera ya fue objeto de un expediente que acabó en Resolución de 11.7.2001. El principio de ne bis in idem impide volver a abrir un expediente de infracción por estas mismas prácticas. El TDC también rechaza los argumentos de los denunciantes respecto de la excesiva duración de los contratos en exclusiva ya que Repsol era propietario de la nuda propiedad del suelo lo que le permite mantener la exclusividad en la es tación por toda la duración del contrato. Las estaciones de servicio, dice el TDC, no demostraron que la titularidad del suelo responde a una construcción artificial de propiedad para burlar el plazo de las exclusividades -10 años, bajo el antiguo Reglamento 1983/1984- puesto que la petrolera realizó...

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