La resolución de los contratos públicos

AutorD. Juan Antonio Gallo Sallent
Páginas657-672
Gabilex
Nº Extraordinario
Marzo 2019
http://gabilex.castillalamancha.es
657
LA RESOLUCIÓN DE LOS CONTRATOS
PÚBLICOS.
Juan Antonio Gallo Sallent
Expresidente del Tribunal Catalán de Contratos del
Sector Público
RESUMEN: Bajo el principio de pacta sund servanda, la
resolución contractual solo es posible si los supuestos
están recogidos dentro de la ley o en los pliegos como
obligación esencial. La resolución de los contratos se
configura, de manera general, como una potestad
administrativa. Es obligatorio seguir las reglas y
procedimientos establecidos en la ley. Existe
determinada tipología contractual a la que se le aplican
reglas específicas.
ABSTRACT: As per the principle that agreements must
be kept, intention of terminating a contract only is
possible when it has been articulated in the applicable
law or conferred by the contract as an essential
obligation. It is, in general, articulated as a discretional
administrative authority. There is a need to follow both
procedures and rules contained in the Public
Procurement Law. When it comes to certain contracts,
specific rules apply to contracts entered into.
PALABRAS CLAVE: Resolución contractual, potestad
administrativa, mora, mutuo acuerdo, extinción.
KEYWORDS: contract cancellation, administrative
authority, arrears, mutual agreement, extinction.
Gabilex
Nº Extraordinario
Marzo 2019
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SUMARIO: 1. La resolución del contrato como potestad
de la Administración. 2. Causas de resolución aplicables
a todos los contratos: Aplicación y efectos. 2.1. Causas
sobrevenidas al contratista. 2.2 La declaración de
concurso. 2.3 El mutuo acuerdo entre las partes. 2.4 La
demora en el cumplimiento de los plazos por parte del
contratista. 2.5 La demora en el pago. 2.6 El
incumplimiento de la obligación principal y de las
esenciales del contrato. 2.6 El incumplimiento de la
obligación principal y de las esenciales del contrato. 2.7
La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos
inicialmente pactados. 2.8 El impago de salarios. 3. Las
causas específicas de resolución atendiendo al tipo de
contratos.3.1 Contrato de obras. 3.2 Concesión de
servicios. 3.3 Concesión de obras. 3.4 El contrato de
servicios y el contrato de suministros. 4. Conclusiones y
recomendaciones.
1. LA RESOLUCIÓN DEL CONTRATO COMO
POTESTAD DE LA ADMINISTRACIÓN
La LCSP define la Resolución de los contratos como una
forma “ordinaria” de extinción de los contratos públicos
de naturaleza administrativa de las administraciones
públicas. Pero también es forma de extinción de aquellos
contratos privados cuyo objeto esté comprendido dentro
de la LCSP que celebren los poderes adjudicadores que
no sean administraciones públicas.
La LCSP recoge el régimen general de resolución en los
artículos 211 a 213. El artículo 211 está dedicado a las
causas de la resolución; el artículo 212 define el
procedimiento para la aplicación de estas causas y
finalmente, el artículo 213 está dedicado a los efectos
que produce la resolución de los contratos.

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