Resolución 6 de abril 1995 (BOE 9 DE MAYO 1995)

AutorTomas Giménez Duart

NOTA

No deja de sorprender esta resoluciÛn ya que, desde una perspectiva mercantil -otra cosa es en el ·mbito de la AdministraciÛn encargada de la tutela del juego- øpor quÈ es objeto concreto la fabricaciÛn de vehÌculos "de cualquier clase" y no lo es la explotaciÛn de salas de juegos de azar "cualesquiera sean Èstos"? Una cosa ser· que la AdministraciÛn conceda o no licencia...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR