Resolución de 3 de febrero de 2003 (B.O.E. de 14 de marzo de 2003)

AutorManuel-Ángel Martínez García
Páginas139-143

RESOLUCIÓN de 3 de febrero de 2003, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por don Fernando Gabardón Lorenzo, contra la negativa del Registrador de la Propiedad de Cogolludo, don Ignacio de la Puente Guitart, a inscribir una escritura de rectificación de superficie y agrupación de fincas.

En el recurso gubernativo interpuesto por don Fernando Gabardón Lorenzo, contra la negativa del Registrador de la Propiedad de Cogolludo don Ignacio de la Fuente Guitart, a inscribir una escritura de rectificación de superficie y agrupación de fincas.

Hechos

I

El 20 de diciembre de 2001, ante don Fulgencio A. Sosa Galván. Notario de Alcobendas, don Fernando Gabardón Lorenzo otorgó escritura de rectificación de superficie y agrupación de dos fincas. En la citada escritura expone que es dueño en pleno dominio y por los títulos que se expresan de las siguientes fincas: 1. Urbana. Vivienda unifamiliar sobre la parcela en la primera fase de la Urbanización Caraquiz, que es la número cuatrocientos sesenta y cinco del plano, sita en el territorio municipal de Uceda (Guadalajara), de 2.018 m2. 2. Urbana. Parcela en la primera fase de la Urbanización Caraquiz, número cuatrocientos sesenta y cuatro, del plano sita en el término municipal de Uceda (Guadalajara) con una superficie de 2.018 m2; y dice y otorga, que ha obtenido de la Gerencia Territorial del Catastro resolución favorable (en cuanto a la parcela 465, tras resolución de reclamación de parcela colindante), cuyas copias quedan incorporadas a la escritura y en su virtud se procede a rectificar la superficie de las mismas, quedando como sigue: a) La descrita bajo el número 1 resulta con una superficie de parcela de 2.180 m2; b) La finca descrita bajo el número 2, resulta con una superficie de parcela de 2.107 m2. El compareciente en virtud de que las fincas descritas son colindantes entre sí las agrupa formando una nueva con la siguiente descripción: Vivienda unifamiliar sobre la parcela en la primera fase de Urbanización Caraquiz que se compone de los números 465 y 464 del plano sita en el término municipal de Uceda (Guadalajara) que se encuentra construida sobre una parcela de 4.287 m2 , describiéndose la construcción y los linderos.

II

Presentada la copia de la anterior escritura en el Registro de la Propiedad de Cogolludo fue ca-

lificada con la siguiente nota: «En relación con el precedente documento pongo en su conocimiento que el mismo tiene los siguientes defectos que se basan en los siguientes Fundamentos de derecho: 1) Las fincas cuyas superficies se rectifican por exceso de cabida, tienen como origen una segregación, y rectificar la superficie de las mismas supondría una alteración de la superficie de la finca matriz, sin que conste el consentimiento de su titular (Art. 82 de la Ley Hipotecaria y 47 de su Reglamento). Existen, además, dudas razonables y fundadas para este Registrador, sobre la identidad de las fincas, por lo dicho anteriormente y porque una vez analizado los planos archivados en este Registro de la Propiedad del Plan Parcial de la Primera Fase de la Urbanización Caraquiz, estos no coinciden (en cuanto a configuración y superficie) con lo que consta en la escritura calificada y en el plano catastral que se incorpora en la misma. El artículo 298.3 párrafo 5.° del Reglamento Hipotecario, dispone la imposibilidad de inscribir excesos de cabida cuando existan para el Registrador dichas dudas. 2) La parcela 464 linda por el oeste con la parcela 463, mientras que según los planos aportados parece lindar con una franja de terreno común que la separa de dicha parcela 463. No existe por tanto coincidencia con la situación anterior a la finca (Art. 9 L. H. y 51 de R. H.). Contra la calificación en la parte que no accede a la inscripción se puede recurrir en la forma prevista en el artículo 66 de la Ley Hipotecaria y 324 y siguientes de dicha Ley, en el plazo de un mes computado desde la fecha de la...

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