Resolución de 4 de enero de 2000

AutorRicardo Cabanas Trejo / Rafael Bonardell Lenzano
Páginas320-325

COMENTARIO

En verdad, que causa sorpresa lo difícil que empieza a ser la interposición de un recurso gubernativo. En este caso se habían adoptado dos acuerdos sociales. El primero, de disolución y nombramiento de liquidadores; el segundo, de cambio en el sistema de liquidación al pasar de varios liquidadores a uno solo. Según parece, en el Registro Mercantil constaba inscrito el convenio de acreedores al que se llegó en el expediente de suspensión de pagos de dicha sociedad, por el cual, en caso de incumplimiento de la suspensa, la comisión de acreedores se convertiría en comisión liquidadora del convenio y habría de proceder a la realización de una serie de activos. Aunque no está demasiado claro en la narración de los «Hechos», todo apunta a que los dos Registradores que calificaron las respectivas escrituras entendieron que aquella comisión de acreedores debería actuar como órgano de liquidación de la sociedad, pero, al no constar que hubiera hecho dejación de sus facultades, el primero de ellos se negó a inscribir el nombramiento inicial de liquidadores y, con ello, barró el paso a todo lo demás. Parece que se interpuso un recurso gubernativo, no dice por quién, que fue admitido por los Registradores. El problema surge porque la comisión liquidadora del convenio de acreedores de la suspensión de pagos también quiere interponer recurso, pero éste ya no es aceptado.

Son varias las razones:

  1. Por no haber acreditado la representación alegada: no estaría mal preguntarse qué tipo de personalidad ostenta una comisión de acreedores para intervenir unitariamente en un recurso y, en tal caso, quién debe otorgar el poder; en este sentido conviene no olvidar cómo la reciente reforma del RH llevada a cabo por el RD 1.867/1998, admite la inscripción de bienes inmuebles a su favor, «sin necesidad de expresar su composición» (art. ll.III). La pena es que los Registradores no especificaron en su nota...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR